Boletín nº 56 (23-03-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Carlota
Nº. 889/2016
Don Antonio Granados Miranda, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, hace saber:
Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente 163/2016, de modificación de Ordenanza Fiscal número 20 reguladora del Precio Público por la Utilización de Piscinas, Instalaciones Deportivas y otros Servicios Análogos, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de enero de 2016 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 23, de fecha 4 de febrero de 2016, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
A continuación se inserta el texto íntegro de la citada Ordenanza Fiscal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado.
ORDENANZA Nº 20, REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS QUE ORGANIZA EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES
Fundamento y Régimen
Artículo 1
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 39/88, reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), este Ayuntamiento establece el Precio Público por la Utilización de Piscinas, Instalaciones Deportivas y otros Servicios Análogos que organiza el Patronato Municipal de Deportes.
Hecho Imponible
Artículo 2
Constituye el hecho imponible la prestación por el Patronato Municipal de Deportes de los servicios en las Instalaciones Deportivas y Piscinas especificados en el artículo 6º siguiente.
Devengo
Artículo 3
La obligación de contribuir nacerá desde que la utilización se inicie mediante la entrada al recinto, o previa aceptación de la solicitud de inscripción.
Sujetos pasivos
Artículo 4
Están obligados al pago las personas naturales usuarias de las instalaciones deportivas.
Se adquiere la condición de usuario desde el momento de pago del precio y se perderá automáticamente cuando termine el período abonado sin haber hecho efectivo el siguiente pago.
Base imponible y liquidable
Artículo 5
La cuota que corresponda abonar por cada uno de los servicios a los que se refiere esta Ordenanza se determinará según cantidad fija o en función de elementos tales como número de personas que efectúen la entrada, así como el número de horas o fracción de utilización de las pistas y demás instalaciones
Cuota tributaria
Artículo 6
Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
PROGRAMAS DEPORTIVOS
Epígrafe I: Escuelas deportivas (hasta 15 años)
A. Escuelas Multideportivas.
Categorías que incluye:
- Multideporte.
- Pilates.
- Yoga.
- Tiro con Arco.
- Patinaje.
- Zumba.
- Aldeas.
- Gimnasia Rítmica.
- Tenis.
Pago mensual |
15.75€/mes |
|
Pago mensual un día por semana |
10 €/mes |
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Precio Temporada |
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1 |
Escuela Multideportiva 1º a 2º ESO |
102,00 €/ temporada |
2 |
Escuela Multideportiva 2 hermanos a partir de 1º a 2º ESO |
180,55 €/ temporada |
3 |
Escuela Multideportiva 2 hermanos a partir de 1º primaria y otro en preescolar |
164,85 €/ temporada |
4 |
Escuela Multideportivas 2 hermanos en preescolar |
150,20 €/ temporada |
5 |
Escuela Multideportiva 1 niño en preescolar |
78,55 €/ temporada |
B. Escuelas Deportivas Específicas.
B.1) Escuela de Fútbol
1 |
Pago mensual |
15,75€/mes |
Precio Temporada |
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2 |
Escuela Fútbol Siete(CEDIFA) |
102,00 €/ temporada |
3 |
Escuela Fútbol siete 2 hermanos a partir de pre benjamines (CEDIFA) |
180,55 €/ temporada |
4 |
Escuela Fútbol siete 2 hermanos a partir de pre benjamín y otro en preescolar (CEDIFA) |
164,85 €/ temporada |
5 |
Escuela Fútbol siete 2 hermanos en preesc |