Boletín nº 60 (31-03-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 977/2016

Base primera: Objeto de las subvenciones y modalidades

Se convoca, en régimen de concurrencia pública competitiva, subvenciones para proyectos de cooperación internacional en las siguientes modalidades:

I. Proyectos de desarrollo de organizaciones no gubernamentales

II. Proyectos de acción humanitaria y de Derechos Humanos de organizaciones no gubernamentales

No se podrá presentar un proyecto a una modalidad si, en la fecha de apertura de esta convocatoria, se tiene otro en la misma sin comenzar su ejecución o sin haber presentado el informe de seguimiento y la debida justificación, habiéndose cumplido el plazo para ello.

La cuantía máxima para solicitar en la Modalidad I es de 40.000 € y en la Modalidad II es de 18.000 €. A cada modalidad, solo puede presentarse un proyecto.

Si, a la luz de la solicitud, se constata que el proyecto es de modalidad II y no de modalidad I (o viceversa), se procederá, en el listado provisional de admitidos y excluidos, a situarlo de oficio en la modalidad adecuada, teniendo las organizaciones el plazo establecido en la base cuarta para aceptar esta reasignación o desistir en la participación de la Convocatoria.

I - Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo de Organizaciones No Gubernamentales, para la que se destinan la partida de capítulo IV (gastos corrientes, no inventariables, fungibles) 575 9208 48004 por importe de 240.000 euros y la partida de capítulo VII (gastos de inversión, inventariables, no fungibles) 575 9208 79000 por importe de 230.000 euros

Esta modalidad está prevista para el apoyo a los proyectos de cooperación internacional para el desarrollo que llevan a cabo las organizaciones no gubernamentales en países empobrecidos.

1. Los costes indirectos financiados por la subvención de esta Diputación Provincial no pueden superar el 8% de la cantidad solicitada.

2. No se podrá financiar más del 85% del presupuesto previsto para el proyecto; el resto del presupuesto deberá ser aportado por la organización solicitante, la contraparte o los beneficiarios. En todo caso, al menos el 5% ha de ser aportado por la organización solicitante. Por lo que respecta al aporte de los beneficiarios y contraparte, cabe incluir valorizado, debidamente acreditado.

3. En el caso de subvencionar gastos de personal expatriado, estos no podrán superar el 20% de la cantidad concedida. Hay que entender al personal expatriado como aquel con contrato legal nacional y que realiza sus funciones técnicas en el área de intervención del proyecto.

4. La duración máxima del proyecto será de doce meses. La fecha de inicio no podrá superar los cuarenta días naturales desde el desembolso de los fondos a las organizaciones subvencionadas. Dentro de ese plazo, la organización beneficiaria comunicará a esta Diputación la fecha de inicio del proyecto. No podrá ser retrasada la fecha de inicio para el proyecto, salvo por causa justificada aprobada por la comisión de seguimiento.

5. La fecha de inicio del proyecto y de los gastos del mismo no podrá ser anterior a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

6. Las prioridades geográficas y sectoriales son las establecidas en las Directrices de Cooperación Internacional aprobadas por el Pleno de 17 de mayo de 2012 de esta Diputación, publicadas en web: www.dipucordoba.es/internacional

II - Proyectos de acción humanitaria y de Derechos Humanos de organizaciones no gubernamentales para la que se destina la partida de capítulo IV (gastos corrientes, no inventariables, fungibles) 575 9208 48000 por importe de 100.000 euros y la partida de capítulo VII (gastos de inversión, inventariables, no fungibles) 575 9208 78000 por importe de 55.000 euros.

Esta modalidad está prevista para el apoyo a las poblaciones en situaciones de conflicto o catástrofe, donde los procesos de desarrollo se ven mermados. Serán actuaciones concretas y, por tanto, en situaciones muy específicas de necesidades humanas básicas. Se incluye también en esta convocatoria la promoción y defensa de derechos humanos, a fin de apoyar acciones y campañas para el reconocimiento legal de los derechos humanos, las medidas para la facilitar su aplicación general y el apoyo a los defensores de derechos humanos.

1. La cuantía máxima que se puede conceder en esta modalidad es 18.000 euros. En el caso de que el proyecto se limite en exclusiva a la provisión de alimentos, medicinas o vacunas el límite será de 3.500 euros.

2. Los criterios geográficos preferentes serán Sahara, Palestina, Haití y países africanos en situación especial de crisis humanitaria.

3. El criterio sectorial preferente será la atención a población refugiada, la defensa y promoción de los derechos económicos, sociales y culturales y rehabilitación material y social post-catástrofe.

4. Rigen las mismas reglas anteriores sobre costes indirectos, expatriados, límites y aportes de financiación y duración y fecha de inicio del proyecto.

Base segunda: Requisitos de los solicitantes

Para poder concurrir, las organizaciones habrán de reunir los siguientes requisitos:

a. Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro de asociaciones a fecha de publicación de esta convocatoria.

b. Tener capacidad jurídica y de obrar en España y tener su sede o delegación activa en la provincia de Córdoba.

c. Carecer de ánimo de lucro.

d. De acuerdo con sus estatutos, tener entre sus fines la realización de actividades de cooperación internacional al desarrollo, ayuda humanitaria o de fomento de la solidaridad internacional.

e. No estar incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones anteriores.

f. Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social y no estar incurso en prohibición para ser beneficiario de subvenciones.

Base tercera: Forma y plazo de presentación de los proyectos

Las solicitudes, firmadas electrónicamente, se presentarán de manera exclusiva a través del Registro Electrónico de la Diputación de Córdoba, en los términos que expone el artículo 7 del Reglamento del Registro Electrónico (http://www.dipucordoba.es/tramites/sobre_la_sede_electronica/doc/12944).

En caso de necesidad de ayuda a tal presentación telemática, esta Diputación Provincial tiene habilitado un sistema de asistencia presencial en sede y telefónico, del que se dará publicidad en la página web de la delegación de Cooperación Internacional durante el período de apertura de solicitudes a la convocatoria.

El mencionado Registro Electrónico proporcionará documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6 del mismo Reglamento citado.

La solicitud se realizará a través del correspondiente formulario electrónico. Este formulario estará disponible en la sede electrónica de la Diputación de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites)

Con el fin de asegurar la identidad del peticionario, para acceder a la aplicación informática se requerirá estar en posesión del documento nacional de identidad electrónico (DNIe) o certificado digital reconocido de persona física o jurídica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

La información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario estará disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites)

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la presente convocatoria, terminando a las 23:59:59 del día del mes siguiente al de la publicación en tal boletín.

Base cuarta: Documentación que ha de presentarse

La documentación que a continuación se señala se presentará en la forma electrónica establecida al efecto, adjuntándose en formato PDF, siendo suficiente copia simple.

a. Formulario electrónico dirigido al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Córdoba, firmado por la persona que tenga la representación legal de la organización.

b. Proyecto a ejecutar con presupuesto desglosado por partidas y por actividades. La presentación del proyecto en el momento del cierre de la convocatoria es un requisito imprescindible, que no cabe subsanar con una presentación posterior.

c. Copia del Acta de Elección del representante legal o, en su defecto, certificado del secretario de la organización con el visto bueno del presidente, indicando a quien le corresponde la representación legal.

d. Copia de documento que acredite estar inscrita en el registro público competente como entidad legalmente constituida.

e. Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la organización.

f. Copia de los estatutos de la organización.

g. Memoria de las actividades realizadas por la organización el último año o en el

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