Boletín nº 62 (04-04-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Carlota
Nº. 895/2016
Don Antonio Granados Miranda, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hace saber:
Que una vez finalizado el periodo de baja laboral por incapacidad temporal, de doña Carmen Suanes Crespo, Segunda Teniente de Alcalde de este Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), esta Alcaldía ha tenido a bien dictar, con fecha 10 de marzo de 2016, Resolución de Alcaldía número 652-2016, cuyo tenor literal de su parte dispositiva a continuación se transcribe:
«Resolución número 652/2016
Primero. Conferir las delegaciones genéricas a doña Carmen Suanes Crespo, miembro de la Junta de Gobierno Local, aprobadas por Resolución de Alcaldía número 1419, de fecha 15 de Junio de 2015, en los términos aprobados por dicha resolución y que a continuación se indican:
2. Doña Carmen Suanes Crespo, Segunda Teniente de Alcalde: Delegación de Gobernación y Empresas de Servicios, Interior y Personal, Desarrollo y Promoción, Turismo, Industria Agroalimentaria, Deportes y Seguridad Ciudadana.
Segundo. Las delegaciones comprenderán las facultades de dirección y gestión, pero no las de resolver mediante acto administrativo que afecte a terceros. Asimismo, comprenderán las siguientes facultades:
a) La firma de certificaciones que se expidan, con el correspondiente Visto Bueno de los certificados expedidos por la Secretaría e Intervención de la Corporación.
b) La firma de los escritos de salida de toda la documentación dirigida desde el Área delegada a otras Administraciones o Entes, públicos o privados, o a particulares.
c) Delegación de las fases de Autorización y Disposición del Gasto en el ámbito de las materias delegadas.
Tercero. Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia, la aceptación por parte de la Delegada, entendiéndose tácitamente aceptadas si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación del acuerdo, el miembro destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.
Cuarto. La Concejala delegada queda obligada a informar al Alcalde-Presidente de la gestión de las competencias delegadas en los términos previstos en el artículo 115 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Quinto. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de la misma.
Sexto. Dar traslado de los presentes acuerdo al Negociado de Personal y a la Intervención de Fondos del Ayuntamiento, para su conocimiento y efectos oportunos.
Séptimo. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión que se celebre para su conocimiento y efectos.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en La Carlota (Córdoba), a 10 de marzo de 2016, de lo que yo como Secretario Acctal., doy fe. El Alcalde, Fdo. Antonio Granados Miranda. El Secretario Accidental (Resolución Alcaldía número 191-2016), Fdo. José Gracia Zafra. Firmado electrónicamente».
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
La Carlota, 11 de marzo de 2016. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Granados Miranda.