Boletín nº 74 (20-04-2016)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 1.098/2016

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 67/2015. Negociado: A

De: Doña María Ángeles López Fernández

Contra: Muebles Manuel Espejo S.L. y FOGASA

 

DOÑA EVANGELINA VICENTE MARTÍNEZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 67/2015, a instancia de doña María Ángeles López Fernández contra Muebles Manuel Espejo S.L. y FOGASA, se ha dictado Auto despachando ejecución y Decreto de medidas de fecha 4 de febrero de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

En Córdoba, a 4 de febrero de 2016.

Dada cuenta y;

&///...

Parte dispositiva

S.Sª. Ilma. dijo: Se despacha orden general de ejecución a instancia de doña María Ángeles López Fernández, con DNI nº 30.540.325-M,  contra Muebles Manuel Espejo S.L., con CIF B14207930, por la suma de 41.991,62 euros de principal, de los que 19.050,98 euros lo son en concepto de indemnización por despido, y los restantes 22.940,64 euros en concepto de salarios de trámite, todo ello incrementado en otros 8.400,00 euros más que se presupuestan para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra. doña Elvira Pérez Martínez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe.

La Magistrada-Juez. La Letrada de la Administración de Justicia.

Decreto de la Letrada de la Administración de Justicia  del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Córdoba, doña Evangelina Vicente Martínez. En Córdoba a 4 de febrero 2016.

...///....

Parte dispositiva

Acuerdo: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de los bienes de la propiedad de Muebles Manuel Espejo S.L. con CIF B14207930, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 41.991,62 euros de principal, de los que 19.050,98 euros lo son en concepto de indemnización por despido, y los restantes 22.940,64 euros en concepto de salarios de trámite, todo ello incrementado en otros 8.400,00 euros más que se presupuestan para intereses y costas.

Habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional mediante Decreto dictado el 14-4-15 en la Ejecución 33/15 de este mismo Juzgado, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Recábese de la terminal informática la información disponible sobre el domicilio del Administrador Único de la demandada, don Antonio Espejo del Moral, con DNI 48.869.860-N, para la práctica de las comunicaciones necesarias.

Notifíquese la presente resolución a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 553 de la L.E.C., advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer Recurso de Revisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.5 del citado texto legal.

Notifíquese la presente resolución a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 553 de la L.E.C., advirtiéndoles que contra la  misma cabe interponer Recurso de Revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 L.R.J.S

Por este mi Decreto lo pronuncio, mando y firmo.

La Letrada  de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a la demandada Muebles Manuel Espejo S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 28 de marzo de 2016. La Letrada de la Administración de Justicia, firma ilegible.

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