Boletín nº 74 (20-04-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hinojosa del Duque

Nº. 1.243/2016

El Sr. Alcalde-Presidente ha dictado en el día de la fecha, el siguiente:

Decreto de la Alcaldía. Con fecha 4 de marzo de 2016, mediante la correspondiente resolución de la Alcaldía (publicada en el B.O.P. número 43, de 4 de marzo de 2016), se aprobó la lista provisional de admitidos y excluidos para la provisión en propiedad, mediante oposición libre de dos plazas de Policía Local, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Categoría Policía Local, Grupo de Clasificación C1.

Visto que finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional, dos de los aspirantes excluidos por falta de pago de los derechos de examen, han presentado documentación referente a la subsanación de dicha causa de exclusión aportando justificante de pago del citado importe durante el período de subsanación.

Considerando la Sentencia del TSJ de La Rioja de lo Contencioso-Adminitrativo de 1/07/2010, de la que se deduce que si el pago de las tasas está requerido en las bases de la convocatoria y éste no se cumple por el participante, tal requisito no puede considerarse de ningún modo como requisito subsanable si no se ha efectuado en la fecha de finalización de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

En este mismo sentido, se expresa el TSJ de Galicia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, en sentencia de 26/01/2011 que dice: la finalidad de este requisito impide que su falta de cumplimiento puede ser subsanado fuera del plazo establecido porque no puede subsanarse lo que no existe. Puede ser subsanada la falta de acreditación del requisito, en este caso el pago de las tasas, pero no la omisión del requisito mismo. En definitiva, no es posible compartir el criterio de la instancia que pudiera ser subsanable el hecho tardío de realizar el pago de los derechos fuera del plazo establecido para su cumplimiento.

En definitiva y en base a lo expuesto no cabe subsanación de un pago de tasas de derechos de examen posterior al plazo de presentación de instancias para participar en el proceso selectivo, ya que ello supondría una ampliación del plazo, por lo que solo sería posible considerar como subsanable la aportación, durante el plazo otorgado para subsanación, del justificante o resguardo del ingreso efectuado con anterioridad al plazo de finalización de presentación de instancias.

Por todo lo expuesto, esta Alcaldía en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, y, de conformidad con las Bases que rigen la convocatoria, ha resuelto:

Primero. Desestimar, conforme a la legislación y jurisprudencia vigente, las alegaciones presentadas por D. Antonio José Rodríguez Ruiz, con D.N.I. nº 76.085.128-R y por D. Manuel Contreras Arroyo, con D.N.I. nº 50.616.401-W, por cuanto el ingreso de los derechos de examen han sido efectuados fuera del plazo de entrega de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Segundo. Aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos, que por orden alfabético es como sigue:

1. Alcaide Sánchez, Rafael David, D.N.I.nº 30.979.121-F.

2. Alemay Espejo, Pablo Jesús. D.N.I.nº48.900.078-P

3. Álvarez Castro, Antonio, D.N.I.nº 74.946.434-L.

4. Álvarez Gálvez, Rafael Mª. D.N.I.nº 14.614.557-N

5. Alvarez Llamas, Santiago. D.N.I.nº 79.194.680-E.

6. Angulo González, María Dolores. D.N.I.nº 50.623.733-C.

7. Aparicio Criado, Pablo. D.N.I.nº 80.964.770-P.

8. Aranda Carracedo, Manuel. D.N.I.nº 80.157.751-Z.

9. Aranda Esquinas, Mª del Pilar. D.N.I.nº 80.144.796-P.

10. Arrabal López, Sergio. D.N.I.nº 30.837.045-W.

11. Balsera Benítez, Iván. D.N.I.nº 80.153.065-C.

12. Bancalero Romero, Pedro Luis. D.N.I nº 30.961.877-J

13. Barbarroja Medina, Joaquín. D.N.I.nº 75.707.577-H.

14. Baro Virues, Raquel. D.N.I.nº 44.055.821-B.

15. Barrera Vázquez, José María. D.N.I. nº 28.798.496-N

16. Barrios Ojeda, Rafael Antonio, D.N.I.nº 47.203.840-C

17. Béjar Gil, Juan Antonio. D.N.I.nº 44.369.774-Z.

18. Bejarano Molleja, Francisco Javier. D.N.I.nº 30.985.354-F.

19. Benítez Altamirano, Javier. D.N.I.nº 49.074.499-C.

20. Benítez Nogales, Lidia Mª. D.N.I.nº 80.156.057-E

21. Blancat Castilla, Diego. D.N.I.nº 15.402.598-G.

22. Bolívar Cobo, José Antonio. D.N.I.nº 77.360.337-U.

23. Bosano Troncoso. Pablo. D.N.I.nº 28.616.874-K.

24. Bueno Escribano, José Manuel. D.N.I.nº 77.345.986-E.

25. Cádiz Barrera, Ramón. D.N.I nº 79.028.013-J

26. Caler Reyes, Juan Luis. D.N.I.nº 30.998.550-R.

27. Cánovas Pérez, Antonio Javier, D.N.I.nº 77.815.642-H.

28. Capel Campoy, Juan Manuel, D.N.I.nº 44.578.180-V.

29. Carvajal Trujillo, Francisco José, D.N.I. nº 74.877.605-R.

30. Casasola Viguera, José Ignacio. D.N.I. nº 53.372.324-L

31. Castaño Acosta, Álvaro, D.N.I.nº 14.325.449-Z.

32. Cejudo Rodríguez, Juan Pedro. D.N.I.nº 80.156.809-S

33. Consuegra Sánchez, Diego José. D.N.I.nº 77.357.012-P.

34. Cordero Castilla, Juan Manuel. D.N.I.nº 30.988.962-G.

35. Cordón Toscano, Francisco. D.N.I.nº 26.976.984-P.

36. Cruz Simón, José Antonio. D.N.I.nº 14.274.371-L

37. Debé Ortiz, Daniel. D.N.I.nº 15.411.909-T.

38. Del Sol Guijarro, María Fuensanta. D.N.I.nº 75.106.649-B.

39. Diz Alba, Sergio, D.N.I nº 44.049.928-Y.

40. Domínguez Fernández, Alberto. D.N.I.nº31.722.451-T.

41. Espejo Ramírez, Rafael. D.N.I.nº 30.986.117-B.

42. Estudillo Orellana, José Manuel, D.N.I.nº 31,694.783-R.

43. Expósito Pelado, Amador. D.N.I.nº 30.952.992-Y.

44. Fabios Ramírez, María Victoria, D.N.I.nº 30.985.087-Q.

45. Fernández Blanco, Francisco José. D.N.I.nº 47.335.344-X.

46. Fernández Granado, Francisco Javier. D.N.I.nº 14.634.118-T.

47. Fernández López, Carlos. D.N.I.nº 34.078.603-D.

48. Fernández Moreno, Laura Mª. D.N.I.nº 75.707.928-R.

49. Florindo Payán, Joaquín. D.N.I.nº 28.766.439-V.

50. Fuentes Toribio, Carlos, D.N.I.nº 53.345.454-J.

51. Gama Palos, Antonio, D.N.I.nº 50.608.640-W.

52. Gámez Guerrero, Miguel. D.N.I.nº 53.372.521-D.

53. García Carrasco, José Luis. D.N.I.nº 28.630.858-K.

54. García Garceso, Manuel. D.N.I.nº 25.344.377-X.

55. García Raya, Daniel. D.N.I.nº 30.961.272-Y.

56. García Ruiz, Hugo Alberto. D.N.I.nº 30.998.154-L.

57. García Salido, Francisco Javier. D.N.I.nº 45.889.289-B.

58. Garrido López, Ezequiel, D.N.I.nº 76.086.376-F

59. Gil García, Manuel Jesús. D.N.I.nº 47.201.644-D.

60. Giraldez González, Manuel. D.N.I.nº 30.231.795-C.

61. Gómez Gálvez, Rebeca. D.N.I.nº 03.920.129-D.

62. González Orea, José Steven. D.N.I nº 15.412.499-S

63. González-Haba Moro, María del Pilar. D.N.I.nº 47.679.831-A.

64. Granados Castillo, Manuel Angel. D.N.I.nº 80.147.853-Y.

65. Grande Alcalde, Alejandro, D.N.I.nº 28.765.191-B.

66. Guerrero Domínguez, Salvador. D.N.I.nº 74.924.574-G.

67. Hernández García, Víctor. D.N.I.nº 25.717.042-Y.

68. Hinojosa Pajares, Juan José. D.N.I.nº 76.264.158-E.

69. Jurado Córdoba, Rafael. D.N.I.nº 30.832.198-P.

70. Laó López, Juan Francisco, D.N.I.nº 34.079.887-M.

71. Lobo Cala, Juan Luis. D.N.I.nº 77.817.516-Y.

72. López Ariza, Oscar. D.N.I.nº 30.984.424-C.

73. López Franco, María. D.N.I.nº 29.442.941-C.

74. López López, Antonio. D.N.I. Nº 30.942.756-M

75. López Ontiveros, Jesús Tomás. D.N.I.nº 71.215.263-H.

76. Lora Castilla, María Jesús, D.N.I.nº 14.638.478-J.

77. Luna Arroyo, David. D.N.I.nº 26.975-231-A.

78. Luna Lebrón, José Luis. D.N.I.nº 14.615.977-Y.

79. Marin Espejo, Mª José. D.N.I.nº 30.967.210-X.

80. Maroto Cazalilla, Francisco. D.N.I.nº 78.685.567-Z.

81. Martel García, Ignacio Joaquín. D.N.I.nº 75.778.187-H.

82. Martínez Delgado, Carlos

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