Boletín nº 75 (21-04-2016)

VIII. Otras Entidades

Empresa Municipal Saneamientos de Córdoba, SA (SADECO)

Nº. 1.112/2016

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE TÉCNICO RESPONSABLE DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL DE CÓRDOBA, MEDIANTE UN SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN EN PROMOCIÓN EXTERNA

BASES

1. Objeto de la convocatoria

Primero. Es objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de 1 Técnico Responsable del Complejo Medioambiental de Córdoba, en adelante CMC, mediante un sistema de Concurso-Oposición Promoción Externa, con la categoría profesional de Técnico superior, dotada con las retribuciones correspondientes según titulación con arreglo al Convenio Colectivo vigente.

Concluida la fase de concurso oposición y designado el candidato/a que haya obtenido la plaza, se establece un periodo de prueba de 60 días, según lo establecido en el Convenio Colectivo del personal de la empresa Saneamientos de Córdoba, S.A.

Esta convocatoria será publicada en la web de SADECO (www.sadeco.es) y Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en los medios de comunicación de prensa escrita local y en los Diarios Oficiales (BOP). El resto de información relativa al proceso de selección (listados, pruebas, notificaciones, etc.) se expondrá en la página web y en el tablón de anuncios de la sede principal de la Empresa, sita en Avenida Medina Azahara nº 4.

2. Condiciones y requisitos

Segundo. Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de una Licenciatura Universitaria, titulación de Ingeniería Superior o asimilables a las mismas según nuevos planes de estudio con el nivel de master, de las titulaciones descritas en el Anexo III.

b) 5 años de experiencia acreditada en el Grupo de Cotización 1 de la Seguridad Social.

c) Nivel B1 de Inglés.

d) Carné B.

Tercero. Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse y ser acreditados documentalmente en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

3. Instancias y documentación

Cuarto. Las instancias deberán presentarse en el Departamento de Recursos Humanos, dirigidas al Director Gerente de la Empresa y acompañadas de la documentación acreditativa de los requisitos para poder participar en la convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). El horario de recepción de solicitudes será de 9 horas a 14 horas.

Quinto. A las instancias deberán añadirse los siguientes documentos:

a) Historial profesional y relación de los méritos alegados en el orden en que se citan, a efectos de valorar la fase de concurso.

b) Documentos debidamente autentificados, justificativos de los méritos que se alegan, según se especifica en el Anexo I.

4. Admisión de aspirantes

Sexto. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente, dictará comunicación declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as. En dicha comunicación que se publicará en el tablón de anuncios de la Sede Central de Sadeco y en la web de la empresa (www.sadeco.es), se determinará el lugar, fecha y hora de realización de las pruebas, así como la composición del Tribunal. A partir de ese momento las distintas comunicaciones se realizarán a través del mencionado tablón de anuncios y en la web corporativa.

Se dará un plazo de subsanación de los defectos,que será de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la comunicación.

5. Tribunal Calificador

Séptimo. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

- Tres miembros nombrados por la Dirección de la Empresa y propuestos por la Parte Económica, de entre los cuales, se determinará a propuesta de la Dirección de la Empresa, el que hará de Presidente/a del Tribunal.

- Dos miembros nombrados por la Dirección de la Empresa y propuestos por la Parte Social. (Si la Parte Social no propone miembro alguno, será la Parte Económica la que lo haga en el número que haga falta para componer el Tribunal.

- Uno de los miembros anteriores actuará de Secretario participando como el resto de los membros del tribunal calificador con voz y voto.

La composición de los miembros del tribunal Calificador, será exclusivamente técnica y su pertenencia al citado órgano de selección, deberá ser siempre a título individual y no en representación o por cuenta de nadie.

En todos los casos los miembros deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas.

Contra las decisiones del tribunal calificador cabe la posibilidad de interponer recursos ante el órgano que haya nombrado al Presidente/a, en el plazo de un mes.

Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores/as expertos/as en la materia de que se trate que intervendrán con voz, pero sin voto.

6. Sistema de selección

Octavo. El procedimiento de selección constará de las siguientes partes:

A. CONCURSO.

B. OPOSICIÓN.

    A) FASE DE CONCURSO:

    Se valorarán los méritos alegados que sean justificados documentalmente por los/as aspirantes en el momento de presentar la instancia, con arreglo al baremo citado en el Anexo I.

    Esta fase de Concurso será previa a la de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición.

    La puntuación máxima que se puede obtener en esta fase de Concurso es de 3,5 puntos.

      B) FASE DE OPOSICIÓN:

      Consistirá en la realización de las siguientes pruebas:

      Prueba teórica: Consistirá en la contestación por escrito, durante 1 hora como máximo, de un cuestionario de cincuenta (50) preguntas, con tres respuestas alternativas, propuestas por el Tribunal, del temario contenido en el Anexo II de esta convocatoria.

      Solo existirá una respuesta válida a cada pregunta. Cada respuesta correcta puntuará 0,2. Cada respuesta incorrecta penalizará 0,1.

      La corrección de esta primera parte, se realizará según lo previsto en la base duodécima y se calificará hasta un máximo de 10 puntos. Siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

      Prueba práctica: Consistirá en la resolución por escrito, durante 4horas como máximo, de unos casos prácticos, propuestos por el Tribunal, cuyo contenido estará relacionado con parte del temario en el Anexo II de esta convocatoria, y con la actividad del puesto ofertado.

      Esta segunda parte se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

      Para aprobar la prueba de conocimientos será necesario obtener un mínimo de cinco puntos en las contestaciones y otros cinco puntos en la resolución práctica.

      La puntuación total de la Fase de Oposición tendrá un valor máximo de 6,5 puntos, cuyo resultado será proporcional a las puntuaciones obtenidas en la prueba teórica y en la prueba práctica, y se obtendrá de aplicar la siguiente fórmula matemática:

      P = (0,5 x PT + 0,5 x PP) x 6.5/10

      Donde:

      P = Puntuación de Fase Oposición.

      PT = Puntuación Prueba Teórica.

      PP = Puntuación Prueba Práctica.

      Noveno. La calificación total será la suma de puntuación de la Fase Concurso más Fase Oposición, resultando así el orden de puntuación.

      Décimo. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada prueba en llamamiento único, salvo casos justificados de fuerza mayor apreciada por el Tribunal.

      Undécimo. El/La Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que las pruebas de la fase de oposición, que sean escritas y no deban ser leídas ante el Tribunal, sean corregidas sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.

      En este caso, el Tribunal excluirá a aquellos candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as.

      Duodécimo. Las pruebas serán eliminatorias, siendo eliminados/as los/as aspirantes no aptos/as y quienes no alcancen la puntación mínima establecida en cada una de ellas. A tal efecto, el número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal será de 0 a 10, en cada parte.

      Decimotercero. En el caso de que al proceder a la ordenación de los/as aspirantes se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

      a) Mayor puntuación obtenida en la fase de Oposición.

      b) Mayor puntuación obtenida en el supuesto práctico.

      c) Mayor puntación obtenida en el apartado de experiencia de la fase de Concurso.

      Decimocuarto. Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal hará público la relación de aprobados/as por orden de puntación, enel tablón de anuncios de la Sede Central de SADECO y en la web de la empresa: www.sadeco.es. La plaza será otorgada al candidato/a que habiendo superado las pruebas del concurso-oposición con mayor puntuación, sea declarado Apto en el reconocimiento médico obligatorio que le será realizado por el Servicio Médico concertado de SADECO..El número de aspirantes que hayan superado el proceso de selección no podrán exceder en ningún caso al de plazas convocadas que en este caso es de una.

      Si el Tribunal apreciara que los/as aspirantes no reúnen las condiciones mínimas para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desierta la plaza de éste concurso-oposición.

      Córdoba, a 5 de abril de 2016.

      ANEXO I

      BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE 1 PLAZA DE TÉCNICO RESPONSABLE DEL CMC

      A. EXPERIENCIA

      " Tener cualificación demostrable como titulado superior y técnico de Planta de Compostaje-Reciclaje de Residuos, por cada año de experiencia: 0,25 puntos con un máximo de 1,5 puntos.

      " Tener cualificación demostrable como titulado superior y técnico de Mantenimiento de Vehículos o de Plantas Industriales, por cada año de experiencia: 0,25 puntos con un máximo de 1,5 puntos.

      (Puntuación máxima del apartado de antigüedad es de 3 puntos).

      B. FORMACIÓN

      " Los cursos de formación impartidos o recibidos, directamente relacionados con sistemas de gestión de residuos, o de mantenimiento industrial según su duración, serán valorados, cada uno, con arreglo a la siguiente escala:

      Entre 20 y 50 horas lectivas: 0,050 puntos.

      Entre 51 y 75 horas lectivas: 0,075 puntos.

      Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,100 puntos.

      (Puntuación máxima del apartado de formación 0,5 puntos).

      JUSTIFICACION DE MÉRITOS ALEGADOS

      Los méritos alegados en la solicitud por los/as interesados/as, deberán ser justificados con la documentación original o fotocopias debidamente compulsadas y se adjuntarán únicamente durante el plazo de presentación de solicitudes.

      Los méritos alegados y no justificados con la documentación determinada en el apartado siguiente no se valorarán.

      De acuerdo con este baremo, para cada mérito alegado se presentarán los documentos siguientes:

      a) Las titulaciones académicas se justificarán con el correspondiente título o resguardo de solicitud del mismo.

      b) La experiencia en la Administración deberá justificarse mediante el correspondiente informe de Vida Laboral y contrato de trabajo o nombramiento corporativo, o certificación expedida por el Órgano de la Administración con competencia en materia de personal, donde constará la denominación del puesto de trabajo que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que lo ha venido desempeñando, dependencia a la que está adscrito/a y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.

      c) La experiencia en la empresa privada deberá justificarse mediante el correspondiente informe de Vida Laboral y contrato de trabajo, donde constará la denominación del puesto de trabajo que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que lo ha venido desempeñando, dependencia a la que está adscrito/a y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.

      d) Los cursos de formación recibidos o impartidos con el certificado o diploma de asistencia o docencia, y programa oficial del curso con indicación del número de horas lectivas.

      ANEXO II

      TEMARIO PARA LA PROVISIÓN DE 1 PLAZA DE TÉCNICO RESPONSABLE DELC MC

      1. Ordenanza de Higiene Urbana del Ayuntamiento de Córdoba (disponible web de SADECO).

      2. Ordenanza de Control Animal del Ayuntamiento de Córdoba (disponible web de SADECO).

      3. Ordenanzas Fiscales 105 y 107 del Ayuntamiento de Córdoba 2015 (disponible web de SADECO).

      4. Estatutos de la Empresa Municipal SADECO, S.A. (disponible web de SADECO).

      5. Convenio Colectivo de la Empresa Municipal SADECO, S.A. (disponible web de SADECO).

      6. Legislación de residuos:

      " Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases

      " Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados

      " Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero

      " Ley 7/2007 de 9 de julio, de Gestión de Integral de la Calidad Ambiental.

      " Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.

      7. Memoria de SADECO año 2014 (disponible web de SADECO).

      8. Autorización Ambiental Integrada de SADECO (disponible web de SADECO).

      9. Prevención de riesgos (disponible web de SADECO).

      10. Manual de calidad (disponible web de SADECO).

      ANEXO III

      LISTADO DE TITULACIONES QUE SE EPUEDEN PRESENTAR PARA LA PROVISION DE 1 PLAZA DE TÉCNICO RESPONSABLE DE CMC

      Licenciados, Ingenieros Superiores o Master de las especialidades asimilables a las reseñadas a continuación

      RAMA DE CIENCIAS

      RAMA DE INGENIERÍA Y TECNOLOGÍA

      Facultad de Veterinaria

      Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica y de Montes

      Licenciatura en Ciencia y Tecnología de los Alimentos (2º ciclo)

      Grado de Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural 4 tecnologías

      Grado de Ingeniería forestal

      Facultad de Ciencias

      Escuela Politécnica Superior

      Grado de Biología

      Grado de Bioquímica

      Grado de Ingeniería Informática 3 tecnologías.

      Grado de Química

      Grado de Ingeniería Eléctrica

      Grado de Física

      Grado de Ingeniería Electrónica Industrial

      Grado de Ciencias Ambientales

      Grado de Ingeniería Mecánica

      Licenciatura en Bioquímica (2º ciclo)

      Ingeniería de Automática y Electrónica Industrial. 2º Ciclo

      Ingeniería Superior en Informática. 2º Ciclo

      Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica y de Montes

      Escuela Politécnica Superior

      Licenciatura de Enología (2º ciclo)

      Grado de Ingeniería Civil. 2 tecnologías.

      Grado de Ingeniería Recursos Energéticos y Mineros. 2 tecnologías

      Aviso jurídico

      Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

      • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
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