Boletín nº 76 (22-04-2016)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 1.125/2016

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Procedimiento ordinario 1086/2015. Negociado: V

De: Don Blas Romero Girón y don Rubén Evaristo Morales Sújar

Abogado: Don Lázaro Pozas Iglesias

Contra: Fondo de Garantía Salarial y Fabricación de Automóviles El Peñón S.L.

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1086/2015, a instancia de la parte actora don Blas Romero Girón y don Rubén Evaristo Morales Sújar contra Fondo de Garantía Salarial y Fabricación de Automóviles El Peñón S.L., sobre procedimiento ordinario, se ha dictado decreto de señalamiento del día de la fecha cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo:

Convocar a las partes para el próximo día 17 de mayo de 2016 a las 11:30 horas, para la celebración del acto de juicio, al que deberán acudir con todos los medios de prueba de los que intenten valerse, sirviendo el presente Decreto de citación en forma, así como para la Prueba de interrogatorio en su día solicitada y admitida.

Líbrense los despachos necesarios para la citación de la empresa fabricación de Automóviles El Peñón S.L. por edictos.

Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación al demandado fabricación de automóviles El Peñón S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 4 de abril de 2016. La Letrada de la Administración de Justicia, firma ilegible.

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