Boletín nº 93 (18-05-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba
Nº. 1.515/2016
Notificación
Pongo en su conocimiento que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 14 de abril de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:
3º. SOLICITUDES VARIAS
Don Bernardino Carmona Ruiz solicita actuación de interés público en los terrenos de la parcela situada en Paraje Las Almagreras, polígono 28, parcela 31 (Referencia catastral: 14069A028000310000KX) del término municipal de Villanueva de Córdoba, con régimen del suelo no urbanizable, para establecimiento de celebraciones, reuniones y fiestas. Visto el informe Técnico-Jurídico de fecha 14 de abril de 2016, emitido por el Sr. Arquitecto Técnico Municipal y el Sr. Secretario, así como el informe de 22 de enero de 2016 emitido por el SAU-Pedroches, la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, iniciar el trámite correspondiente conforme a lo estipulado en el artículo 43 de la 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía: Aprobación de los Proyectos de Actuación.
Lo que comunico a Vd. a efecto de notificación. La presente Resolución, pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en Reposición ante la Junta de Gobierno Local. El plazo para interponer el recurso será de un mes, contado desde la fecha de notificación del acuerdo y si lo interpone, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Contra la resolución expresa del Recurso de Reposición podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses a contar desde la notificación de la resolución del Recurso de Reposición.
Transcurrido un mes desde la interposición del Recurso de Reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimados por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa. El Recurso Contencioso-Administrativo podrá interponerse ante el mencionado orden jurisdiccional en el plazo de 6 meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación del Recurso de Reposición por silencio administrativo.
Asimismo el Recurso Contencioso-Administrativo podrá ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El plazo para interponer este recurso será de dos meses contados desde la fecha de notificación de la presente resolución.
Sírvase firmar el duplicado para su debida constancia en el expediente.
En Villanueva de Córdoba, a 28 de abril de 2016. Firmado electrónicamente por el Secretario, Álvaro Moreno Navarro.