Boletín nº 135 (15-07-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Rute

Nº. 2.476/2016

Por Resolución de Alcaldía de fecha 5 de julio de 2016, se aprobaron las bases y la convocatoria para la contratación de 45 trabajadores en régimen de personal laboral temporal, mediante un contrato por obra o servicio determinado, por sistema de méritos, en el marco del Programa Anual de Concertación y Empleo con los municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba, ejercicio 2016, para los Proyectos Mejoras en Parques y Jardines Municipales y Mejoras en Centros de Enseñanza Infantil y Primaria.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria.

Lo que se publica para general conocimiento.

Rute a 6 de julio de 2016. Firmado electrónicamente: El Alcalde- Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL AL AMPARO DEL PROGRAMA ANUAL DE CONCERTACIÓN Y EMPLEO CON LOS MUNICIPIOS Y E.L.A.s DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA 2016

Primera. Objeto de la convocatoria

De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y la Disposición Adicional 15ª de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, el Excmo. Ayuntamiento de Rute deberá prestar, entre otros, los siguientes servicios esenciales para el municipio: limpieza viaria, acceso a los núcleos de población, pavimentación de las vías públicas, parques públicos y los derivados del mantenimiento de los centros de enseñanza pública.

Vista la convocatoria del Programa Anual de Concertación y Empleo con los Municipios y E.L.A.S. de la Provincia de Córdoba 2016, así como las cuantías asignadas para los proyectos Mejoras en Parques y Jardines Municipales y Mejoras en Centros de Enseñanza Infantil y Primaria, el Excmo. Ayuntamiento de Rute ha decidido formular convocatoria pública para contrataciones de personal con carácter temporal para su ejecución.

Existe hasta la fecha Resolución provisional del Programa Anual de Concertación y Empleo por la Excma. Diputación de Córdoba, aprobándose provisionalmente la concesión de las asistencias económicas que figuran en el Anexo primero, entre las cuales vienen recogidas las solicitadas por el Excmo. Ayuntamiento de Rute.

De conformidad con lo anterior, es necesario reseñar, que el número de contrataciones recogidas en las presentes bases quedará supeditado a lo que disponga la Resolución definitiva en cuanto a las cantidades finalmente asignadas.

La duración de cada proyecto es de 5 meses y en cuanto el calendario de ejecución será aproximadamente de:

" Fecha de inicio: 1 de agosto de 2016.

" Fecha de finalización: 31 de diciembre de 2016.

No obstante lo anterior, indicar que dicho calendario es estimativo, ya que dependerá de la fecha en la que se adopte la Resolución definitiva de concesión de las cuantías asignadas a los Proyectos por la Excma. Diputación de Córdoba.

Los puestos en principio ofertados son: 45 Contratos de Peón de Servicios con carácter de laboral temporal, de 1 mes de duración cada uno, bajo la modalidad de obra o servicio determinado a jornada completa. Concretamente se distribuirán de la siguiente forma:

- 20 contratos de 1 mes de duración cada uno, destinados al proyecto Mejoras en Centros docentes de enseñanza infantil y primaria: 4 contratos por cada mes de vigencia del proyecto (5 meses).

- 25 contratos de 1 mes de duración cada uno, destinados al proyecto Mejoras en parques y jardines municipales: 5 contratos por cada mes de vigencia del proyecto (5 meses).

La selección se efectuará mediante el sistema de concurso de acuerdo con el baremo previsto en el Anexo I.

Segunda. Funciones del puesto

En el marco del proyecto Mejoras en Centros docentes de enseñanza infantil y primaria se realizarán en los Colegios Públicos Los Pinos, Ruperto Fernández, Fuente del Moral, Zambra y Llano de D. Juan las siguientes actividades:

" Cambios y/o arreglos de solerías.

" Arreglos de paredes.

" Arreglos de humedades.

" Arreglo de escalones.

" Colocación/arreglo de barandas.

" Colocación correcta de puertas/ventanas.

" Pintura de paramentos.

" Pintura de carpintería metálica y madera.

" Mantenimiento de cubiertas.

" Mejoras y mantenimiento de envolventes de edificios.

" Mejora de accesibilidad.

En el marco del proyecto Mejoras en parques y jardines municipales se realizarán en el Parque Periurbano El Lanchar, Jardines de Pontanilla-Vaqueriza, Parque Nuestra Señora del Carmen, Paseo Francisco Salto, Paseo del Fresno, Plaza Nuestra Señora de la Cabeza, Plaza Pablo Picasso, Jardines de Los Barrancos (C/ Roldán), Jardines de Los Tablaos (C/ El Cerro), Jardines C/ Granada, Jardines C/ Nueva, Plaza de la Concordia, Plaza de la Música, Plaza Ana Córdoba, Jardines de Los Manzanos, Jardines y Parque de PPR I, Parques y Jardines de Zambra, Parque y Jardines de Llanos de D. Juan, las siguientes actividades:

" Tala/recorte de árboles y plantas.

" Limpieza de jardines.

" Plantaciones.

" Reparación y/o construcción de alcorques.

" Arreglo de bordillos y escalones.

" Reparación-colocación de barandas.

" Arreglo-colocación de mobiliario urbano.

" Pintura de carpintería metálica y madera.

" Reparación/colocación solería

" Mejora de accesibilidad.

" Revisión, arreglo o instalación sistemas de riego.

Tercera. Requisitos de los aspirantes, plazo y lugar

Para ser admitidos/as a las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos el día en que finalice el plazo de presentación de instancias:

a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto del acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Poseer la capacidad física y funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Los requisitos anteriormente enumerados deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación.

Las personas con minusvalías serán admitidas en condiciones de igualdad con los demás aspirantes, salvo que la restricción padecida les impida o resulte incompatible con el desempeño de las funciones propias de la plaza. El tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los organismos competentes.

Cuarta. Publicidad

Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento sin perjuicio de su difusión en los correspondientes medios de comunicación. Los sucesivos anuncios relativos a la convocatoria, se publicarán únicamente en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.

Quinta. Forma y plazo de presentación de solicitudes

Para tomar parte en la presente Convocatoria, los/las interesados/as dirigirán sus solicitudes cumplimentadas conforme al modelo previsto en el Anexo II de estas Bases, al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación. Se presentarán en el plazo de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el BOP, en el Registro General de la Corporación en horario de oficinas, o bien podrán hacerlo en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de LRJAP-PAC, en cuyo caso, se deberá remitir un correo electrónico adjuntando la solicitud sellada y documentación escaneadas antes de la finalización del mencionado plazo a la dirección:

secretaria@rute.es

En las mismas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Las solicitudes deberán acompañar:

- Fotocopia compulsada del D.N.I.

Los aspirantes nacionales de la Unión Europea o nacionales de cualquiera de los Estados de los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte de su país de origen. Las personas a las que hace referencia el artículo 57.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán presentar una fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta de identidad de extranjeros. De no haber solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa, del español o del nacional de otro Estado Miembro de la Unión Europea, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante es menor de veintiún años o que siendo mayor de esa edad vive a sus expensas

- Demás documentación acreditativa de los requisitos cuya valoración se solicite por el aspirante, conforme al Anexo I.

Sexta. Lista de admitidos/excluidos

Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde Presidente, dictará Resolución por la cual se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos, indicando las causas de dicha exclusión. Dicha resolución será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web, conteniendo la misma la composición del Tribunal de Selección.

El plazo para subsanar los defectos que motiven la exclusión de los aspirantes o su omisión en la relación de admitidos, será de 3 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada resolución. Los aspirantes que dentro de dicho plazo no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, justificado el derecho a no incluirlos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos para la realización de la prueba selectiva. Los errores materiales, de hecho o aritméticos, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a instancia del interesado.

Finalizado el plazo de subsanación de errores, el Alcalde dictará nueva Resolución, aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos que se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.

Séptima. Proceso de selección

El proceso de selección consistirá en la baremación de los méritos por parte del Tribunal seleccionador, de acuerdo con los requisitos y criterios de valoración establecidos en el Anexo I.

Se publicará la lista de candidatos/as ordenadas de acuerdo con los criterios de selección e indicando las personas seleccionadas y reservas.

Octava. Órgano de Selección

Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse éste en representación o por cuenta de nadie.

El Tribunal Calificador, estará constituida por los siguientes miembros:

" Presidente: Funcionaria adscrita al Área de Urbanismo.

" Secretario: Funcionario/a del Ayuntamiento.

" Vocales:

- El Agente de Empleo y Desarrollo Local.

- El Agente de Formación y Empleo.

- Un Funcionario adscrito al área de Servicios Generales.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, precisándose en todo caso, la asistencia del Presidente y Secretario.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes y en caso de empate resolverá el voto de calidad del Presidente.

Las actuaciones del Tribunal calificador se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Previa convocatoria del Presidente designado, el Tribunal calificador celebrará sesión para la baremación de los méritos presentados.

Las deliberaciones del Tribunal no serán públicas y tendrán el carácter de secretas.

Los miembros del Tribunal en quienes concurra alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, deberán abstenerse de intervenir notificándolo al señor Presidente. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las causas del artículo 28 de la citada Ley.

Novena. Formalización de los contratos

El Tribunal elevará los resultados del proceso selectivo a conocimiento del Alcalde-Presidente para su resolución, a efectos de las futuras contrataciones de las personas candidatas, por el orden que ocupen en la lista.

Cada contrato de trabajo tendrá una duración de 1 mes, bajo la modalidad por obra o servicio determinado acogido al Programa Anual de Concertación y Empleo con los Municipios y E.L.A.S. de la Provincia de Córdoba 2016.

La formalización de los contratos quedará vinculada a la concesión por parte de la Diputación de Córdoba de la subvención destinada para ese fin al Ayuntamiento de Rute.

El llamamiento a los/as aspirantes incluidos/as en la lista de preseleccionados se efectuará según necesidades de la Administración contratante.

Cuando existe el requerimiento de contratación de alguno de los puestos establecidos en la Lista seleccionados, se procederá a contactar con la persona que le correspondiera siguiendo el orden de prelación. Se pondrán producirlos siguientes supuestos:

a) Se contacta con la persona. Se concede un día hábil para que de forma inequívoca manifieste su interés o no en el contrato ofrecido.

b) La persona candidata podrá solicitar el aplazamiento de la incorporación al puesto de trabajo, por alguna de las siguientes causas:

1. Por tener contrato por cuenta ajena o alta en la Seguridad Social.

2. Enfermedad, aportando documentación que lo acredite expedida por el Servicio Andaluz de Salud.

Décima. Criterios de exclusión de la lista de seleccionados

Quedarán excluido/as de la Lista de seleccionados de forma permanente:

Renuncia expresa.

No atender dos llamamientos para la contratación.

No aportar la documentación justificativa de la renuncia en los 10 días naturales siguientes al llamamiento.

Los documentos aportados y/o causas alegadas no son justificativos de la renuncia.


Adjuntos: 2-476_anexos.pdf |

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