Boletín nº 138 (20-07-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.610/2016

Con fecha 31 de marzo de 2016, se dictó el siguiente Decreto, del que se dio cuenta al Pleno en sesión ordinaria celebrada el 19 de abril del mismo año del año en curso:

Decreto

Visto el Decreto de esta Presidencia de fecha 30 de junio pasado sobre Delegaciones de la Presidencia en los/as Sres./as Diputados/as, se considera necesario, sin alteración del régimen general de delegaciones efectuado, acomodar el mismo a la distribución de puestos y funciones contenida en la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial para el ejercicio 2016, aprobada por el Pleno de la Corporación en la ordinaria de 22 de diciembre de 2015 (BOP 28/12/2015), modificada en sesión ordinaria de 16 de marzo de 2016 (BOP 22/3/2016), así como especificar, con arreglo al artículo 63 del R.D. 2.568/1986, de 28 de noviembre, la naturaleza de las delegaciones y régimen de recursos.

Igualmente se hace necesario concretar, de conformidad con el Capítulo III del R.D. 500/1990, de 20 de abril, la competencia para las distintas fases del procedimiento de ingresos y gastos.

Por lo anterior y en atención a lo dispuesto en el artículo 64 de la norma reglamentaria antes citada, mediante el presente se procede a la concreción del ámbito de asuntos a que se refiere cada delegación, facultades que se delegan y condiciones específicas del ejercicio de las mismas, procediéndose a la sustitución del decreto de 7 de julio insertado en el libro de Resoluciones con el nº 4185/2015 y, en consecuencia, se presta aprobación al siguiente régimen general de delegaciones:

1. Área de Bienestar Social: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos de Bienestar Social, Igualdad, Consumo y Participación Ciudadana, así como Discapacitados Psíquicos Profundos; asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

1.1. Delegación Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Dª Felisa Cañete Marzo: Delegada de Bienestar Social, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación con la de Igualdad y con la de Consumo y Participación Ciudadana. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Bienestar Social y materias del Área objeto de delegación especial.

1.2. Delegación Especial: A la Sra. Diputada Provincial Dª Ana Mª Guijarro Carmona: Delegada de Igualdad, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

1.3. Delegación Especial: A la Sra. Diputada Provincial Dª Aurora Mª Barbero Jiménez: Delegada de Consumo y Participación Ciudadana, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

2. Área de Desarrollo Económico: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos de Desarrollo Económico, Empleo y Protección Civil, Cooperación al Desarrollo, Cultura, Juventud y Deportes, asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

2.1. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Dª. Ana Mª Carrillo Núñez: Delegada de Desarrollo Económico, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con la de Empleo, Turismo, Cultura, Cooperación al Desarrollo y Juventud y Deportes. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Desarrollo Económico y materias del Área objeto de delegación especial.

2.2. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Dª. Mª Dolores Amo Camino: Delegada de Empleo. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Empleo.

2.3. Delegada Especial: A la Sra. Diputada Provincial Dª Carmen Mª Gómez Navajas: Delegada de Turismo, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

2.4. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Dª Mª Isabel Ruz García: Delegada Genérica de Cultura. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias de Cultura.

2.5. Delegada Especial: A la Sra. Diputada Provincial Dª Ana Mª Guijarro Carmona: Delegada de Cooperación al Desarrollo, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

2.6. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial D. Martín Torralbo Luque: Delegado de Juventud y Deportes. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias de Juventud y Deportes.

3. Área de Cooperación con los Municipios y Carreteras: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos de Carreteras, Medio Ambiente, Arquitectura y Urbanismo, Ingeniería Civil, Planificación de Obras y Servicios Municipales Centro Agropecuario, asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

3.1. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial D. Maximiano Izquierdo Jurado: Delegado de Cooperación con los Municipios y Carreteras, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con la de Medio Ambiente y la de Caminos Rurales y Agricultura. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Cooperación con los Municipios y Carreteras.

En materia de contratación se delega las competencias de firmar todos los contratos administrativos así como los contratos privados a que hace referencia el artículo 20 del R.D.Leg. 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público vinculados al Área de Cooperación con los Municipios y Carreteras a excepción de la suscripción de escrituras públicas.

3.2. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Dª Auxiliadora Pozuelo Torrico: Delegada de Medio Ambiente. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias de Medio Ambiente.

3.3. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial D. Francisco Ángel Sánchez Gaitán, Delegado de Caminos Rurales y Agricultura. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias de Caminos Rurales y Agricultura.

4. Área de Hacienda, Recursos Humanos y Gobierno Interior: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos, Contratación y Gestión Técnica Patrimonial, de Unidad de Apoyo a Órganos de Gobierno, Secretaría General, Asistencia Jurídica y Consultoría Técnica, Patrimonio, Parques y Talleres, Archivo Provincial, BOP, Ediciones, Publicaciones y BOP, Recursos Humanos, Tesorería, Intervención, Hacienda; asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

4.1. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial D. Salvador Blanco Rubio: Delegado genérico de Hacienda, Recursos Humanos y Gobierno Interior; a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con la de Protección Civil y la de Comunicación y Nuevas Tecnologías. Asimismo le corresponderán los actos de gestión del presupuesto de ingresos relativos a la gestión tributaria y de cualquier otro tipo de ingreso público, así como la resolución de expedientes de todo tipo en materia de gestión de ingresos. Todo ello en los términos regulados en la Base 32 de Ejecución del Presupuesto de esta Corporación Provincial. También la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Hacienda, Recursos Humanos y Gobierno Interior y materias del Área objeto de delegación especial. Finalmente, también se le delega la ordenación de pagos incluida la disposición de fondos necesarios para la realización material de los pagos y la aprobación del Plan de disposición de Fondos y sin perjuicio de que esta competencia la ostente la Presidencia en el caso de ausencia del Sr. Diputado.

En materia de contratación se delega las competencias de firmar los contratos administrativos, cualquiera que sea su naturaleza, así como los contratos privados a que hace referencia el artículo 20 del R.D.Leg. 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, derivada de las atribuciones previstas en el artículo 61.11 del citado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, no contemplados en apartado 3.1 del presente Decreto, a excepción de escrituras públicas.

4.2. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Dª Mª Dolores Amo Camino: Delegada de Protección Civil. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Protección Civil.

4.3. Delegado Especial: Al Sr

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