Boletín nº 163 (25-08-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Pozoblanco
Nº. 2.993/2016
Por acuerdo número 25042016.7 del Excmo. Ayuntamiento Pleno de esta Ciudad de Pozoblanco, en sesión ordinaria de fecha 25 de abril de 2016, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la cuantía de las sanciones (artículo 79) de la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana de esta Ciudad.
Pasado el plazo de exposición pública, sin alegaciones y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace pública la redacción definitiva, para general conocimiento.
El artículo 79.1 de la Ordenanza queda redactado con el siguiente tenor:
a) Infracciones tipificadas como leves en la Ordenanza: De 150 a 300 euros y apercibimiento.
b) Infracciones tipificadas como Graves en la Ordenanza: De 300 a 900 euros, clausura temporal, total o parcial, de las instalaciones y cese temporal, total o parcial, de la actividad de que se trate.
c) Infracciones tipificadas como muy graves en la Ordenanza: De 900 a 1.500 euros, clausura definitiva, total o parcial, de las instalaciones y cese definitivo, total o parcial, de la actividad.
Pozoblanco, 5 de agosto de 2016. El Alcalde, firma ilegible.