Boletín nº 216 (14-11-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villaharta
Nº. 5.606/2016
Por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 8 de noviembre de 2016 y con la mayoría prevista en el artículo 47.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se adoptó provisionalmente acuerdo de modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:
1. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL.
2. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y USO DE DIVERSAS INFRAESTRUCTURAS DEPORTIVAS.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17, párrafos 1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), el expediente, que estará de manifiesto en la Secretaría Municipal, queda expuesto al público por plazo de treinta días, contados a partir del siguiente en el Boletín Oficial de la Provincia.
Durante el expresado plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones y reclamaciones que consideren oportunas que deberán ser resueltas por el Pleno.
En caso de no presentarse reclamaciones se considerará elevado a definitivo el acuerdo provisional, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del TRLHL
Villaharta a 10 de noviembre de 2016. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Alfonso Expósito Galán.