Boletín nº 247 (30-12-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva del Rey

Nº. 6.287/2016

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 24 de noviembre de 2016, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación:

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Importe

Progr.

Económica

338

2270

Espectáculos Musicales

  2.000,00

340

22100

Energía Eléctrica Deporte

  2.000,00

920

14001

Retribuciones otro Personal

  1.895,13

231

13106

Retribuciones Empleo Social

    878,72

165

22100

Alumbrado Público

  8.676,15

150

22700

Limpieza Edificios Municipales

  2.550,00

TOTAL

18.000,00

BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Importe

Progr.

Económica

920

12100

Complemento Destino Funcionarios

Administración General

11.000,00

920

12101

Complemento Especifico Funcionarios

Administración General

  7.000,00

TOTAL BAJAS

18.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Villanueva del Rey a 28 de diciembre de 2016. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Pedro Barba Paz.

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