Boletín nº 3 (05-01-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 6.327/2016

El Ayuntamiento-Pleno, en sesión Ordinaria celebrada el día 14 de diciembre de 2016, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Desestimar la alegación presentada con fecha 20/08/2016 por doña Encarnación Ruiz Caballero con DNI 29.952.687V y 65 personas más, por no proceder modificar la clasificación Urbanística de los terrenos conocidos como los Cañuelos, según aparecen grafiados en el Plano que figura como Anexo al Informe de Justificación suscrito por la entidad Gestea Global presentado con fecha 26/12/2014 para que pasen de Suelo Urbanizable de Especial Protección Vega del Guadalquivir a Suelo No Urbanizable Habitat Rural Diseminado.

Segundo. Desestimar la alegación presentada con fecha 25/08/2016 por doña Mª Ángeles Corredera Ojea con DNI 80.145.724Q, por no proceder suprimir la dotación de garaje privado exigida en el artículo 10.140 del PGOU en los edificios de vivienda unifamiliar adosada, pretendida por la alegante para introducir en su lugar un uso terciario.

Tercero. Estimar la alegación presentada con fecha 28/08/2016 por la entidad Agrícolas El Lino SL con CIF B14.296.131 para que la Parcela H´7 del que figuraba en el Texto Refundido del PGOU del 2010 como SUT/PPI5, quede con el Uso global de Terciario, dejando sin efecto la innovación del Plan Parcial acordada por el Ayuntamiento -Pleno con fecha 25 de julio de 2013 que le otorgaba Uso Dotacional Privado, Deportivo.

Cuarto. Desestimar la alegación presentada el día 28/08/2016 por la entidad Agrícolas El Lino SL con CIF B14.296.131, para modificar parámetros urbanísticos del que figuraba en el Texto Refundido del PGOU del 2010 como UE/OE-1, en tanto que la innovación pretendida se excede de los objetivos de la presente innovación del PGOU.

Quinto. Modificar la Aprobación Inicial de la Innovación del Plan de Ordenación Urbanística acordada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 26 de junio de 2014, prestando Aprobación Inicial al Documento de Innovación del Texto Refundido del PGOU 2010 fechado en julio de 2016 y al Estudio Ambiental Estratégico.

Sexto. Someter el expediente a información pública, durante un mes, mediante la inserción de anuncios en Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en uno de los Diarios de mayor circulación de la misma, al objeto de que puedan presentarse por los interesados las alegaciones que estimen oportunas, de conformidad con el artículo 32.1.2º de la LOUA.

Séptimo. Notificar a los Ayuntamientos de los Municipios colindantes de la provincia de Córdoba (Hornachuelos y Fuente Palmera) y de la provincia de Sevilla (Écija, Cañada del Rosal, Fuentes de Andalucía, La Campana, Lora del Río y Peñaflor), para que puedan comparecer en el procedimiento y hacer valer las exigencias que se deriven de sus intereses, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.1.2º LOUA.

Octavo. Requerir los informes o dictámenes de los órganos y entidades administrativas gestoras de intereses públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos en el artículo 32.1.2ª, y de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Primera del Decreto 36/2014, de 11 de febrero.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.1.2º de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con la indicación de que los documentos que contienen la innovación del PGOU y de la Evaluación Ambiental Estratégica están expuestos en la página web del Ayuntamiento, incluido el resumen ejecutivo, para que en el plazo de un mes puedan presentarse por los interesados las alegaciones que estimen oportunas.

Palma del Río, a 21 de diciembre de 2016. Firmado electrónicamente por la Concejala-Delegada de Urbanismo, Ana Belén Santos Navarro.

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