Boletín nº 34 (20-02-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 550/2017

Que en sesión extraordinaria urgente del Pleno de esta Corporación, de fecha 14 de febrero de 2017, entre otros se adoptó el siguiente acuerdo, el cual se transcribe literalmente:

ASUNTO TERCERO. APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE INNOVACIÓN PGOU.

Visto que por Decreto de 8 de junio de 2016 se encargó la elaboración y redacción del proyecto de innovación mediante modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de este Municipio a Estudio García de Viguera S.L., C.I.F.: B-14.549.992, y a Estudios Medioambientales y Sistemas de Información Geográfica, S.L. (EMASIG), C.I.F.: B-1458096.

Visto que en el informe de Secretaría se señalaba la legislación aplicable y el procedimiento a seguir durante la tramitación de la innovación propuesta.

Tras detenido examen de la documentación y deliberación, el Pleno por unanimidad de sus miembros presentes que son siete de los nueve que lo integran adoptan el siguiente acuerdo el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar inicialmente la innovación mediante modificación del Plan General de Ordenación Urbanística.

Segundo. Abrir un plazo de información pública por período de un mes, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en uno de los diarios de mayor difusión provincial y en el tablón de anuncios del Municipio. Durante dicho período quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo.

Tercero. Suspender el otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas para aquellas áreas del territorio objeto del planeamiento, cuyas nuevas determinaciones supongan modificación del régimen urbanístico vigente. La duración de la suspensión de seis meses. Las áreas afectadas por la suspensión son las siguientes: UE-1, C/ Calvario (Camino de Villaralto), C/ Constitución y C/ Jesús.

Esta suspensión, se publicará conjuntamente con la aprobación inicial.

Cuarto. Solicitar los informes, Dictámenes u otro tipo de pronunciamientos de los órganos y Entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos.

Quinto. Se practicará, de forma simultánea, comunicación a los órganos y Entidades administrativas gestores de intereses públicos con relevancia o incidencia territorial, para que, si lo estiman pertinente, puedan comparecer en el procedimiento y hacer valer las exigencias que deriven de dichos intereses.

Igual trámite se practicará con los Ayuntamientos de los Municipios colindantes.

Alcaracejos, a 15 de febrero de 2017. El Alcalde-Presidente, Fdo. Luciano Cabrera Gil.

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