Boletín nº 36 (22-02-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Montilla
Nº. 584/2017
Aprobado el Expediente de Modificación de Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles para el ejercicio 2017, en sesión plenaria celebrada el día 22/12/2016. Publicado acuerdo provisional sin que se hayan presentado reclamaciones, se entiende aprobado definitivamente, publicándose el texto íntegro de las modificaciones:
Nº 2. ORDENANZA FISCAL POR LA QUE SE REGULA EL IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE BIENES INMUEBLES.
* Modificación del artículo 2, quedando redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º. El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana, se establece en el 0,7747% y para los de naturaleza rústica se fija en el 1,14840 %.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 apartados 3 y 4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, al efecto de que cuántos se consideren interesados puedan, si lo desean, interponer directamente contra los referidos acuerdos el Recurso Contencioso-Administrativo a que se refiere el artículo 19.1 del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004. Dicho recurso deberá formularse, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de los Acuerdos, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Montilla a 20 de febrero de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Rafael Ángel Llamas Salas.