Boletín nº 43 (06-03-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 730/2017

Extracto del Decreto n.º 1419 de fecha 22 de febrero, por el que se aprueban las bases del III Certamen de Poesía y Microrrelato Casa de la Juventud.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

BDNS nº 333906

(http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Podrán optar a los primios los jóvenes entre 14 y 35 años nacidos o residentes en Córdoba, con obras inéditas. No podrán presentarse autores y autoras que hayan ganado premios en metálico en anteriores convocatorias en la misma modalidad en que fueron premiados.

Segundo. Objeto:

Entre los diferentes objetivos del programa Dinamo del Ayuntamiento de Córdoba figuran los de poner al alcance de los jóvenes creadores y creadoras locales espacios propios para la exhibición y promoción de sus propuestas y, de paso, dar cabida a productos y artistas locales noveles en la oferta cultural de la ciudad. El presente certamen pretende contribuir a estos objetivos en el ámbito concreto de la creación literaria, y en concreto en el de la poesía y el microrrelato.

Tercero. Bases reguladoras:

Marco general que regulan todas las convocatorias de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba.

La consulta de las bases de la convocatoria se podrá consultar también: juventud.cordoba.es

Cuarto. Cuantía:

La cantidad destinada a este Premio, es de DOS MIL DOSCIENTAS CINCUENTA EUROS (2.250,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria Z E50 3372 48100 0. CULTURA. PREMIOS CERTÁMENES Y CONCURSOS, siempre que exista crédito adecuado y suficiente, según el artículo 56.2 del Reglamento de Subvenciones

Quinto. Plazo de presentación de obras:

El plazo de recepción de las obras comenzará a partir del día siguiente de su publicación en el BOP y finalizará el día 20 de abril de 2017.

Córdoba a 1 de marzo de 2017. Firmado electrónicamente: El Concejal Delegado de Gestión y Administración Pública, Deportes y Juventud, Antonio Rojas Hidalgo.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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