Boletín nº 75 (21-04-2017)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 1.191/2017

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 915/2015. Negociado: MP

De: D. Ángel López Urbano

Abogado: D. Manuel Jesús Pérez Real

Contra: Construcciones Coisep S.L., D. Joaquín Ayala Flores y D. Félix García Romero

Abogado: D. Vicente Herruzo Tirado

 

DOÑA MARIBEL ESPÍNOLA PULIDO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 915/2015, a instancia de la parte actora D. Ángel López Urbano contra Construcciones Coisep S.L., D. Joaquín Ayala Flores y D. Félix García Romero, sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 30-3-2017 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que se tiene a la demandante por desistida respecto de D. Félix García Romero, a quien se aparta definitivamente de este proceso, y estimando como estimo parcialmente la demanda que ha originado estos autos, formulada por D. Ángel López Rubio contra Construcciones Coisep, S.L., debo de condenar y condeno a esta última a que pague al primero la suma total de 3.992,54 € (TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS), en concepto de salarios devengados de 01/10/14 a 04/12/14 e intereses moratorios.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que no es firme porque contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano dentro de los cinco días siguientes a la notificación, e interponerse conforme a lo prescrito en los artículos 194 y 195 de la LRJS, recurso que será resuelto por la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Y para que sirva de notificación a los demandados Construcciones Coisep S.L. y D. Félix García Romero, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 31 de marzo de 2017. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Maribel Espínola Pulido.

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