Boletín nº 101 (31-05-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 1.908/2017

Decreto

Esta Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46, 52 y 112 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, tiene a bien resolver:

Primero. Designar miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, a los Concejales que se expresan, quedando constituida bajo mi presidencia, en la siguiente forma:

Presidente:

D. José Manuel Mármol Servián.

Vocales:

Dª. Inmaculada Nieto Córdoba.

Dª. Ana Rosa Rogel de la Cruz.

D. David López García.

D. Juan Jesús Onieva Camacho.

Dª. Sandra Bermúdez Hidalgo.

Dª. Alba Ávila Jiménez.

Dª. Inmaculada Román Castillo.

Segundo. Nombrar Teniente de Alcalde, a los efectos previstos en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, a los miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el orden que se expresa:

1º. Dª Ana Rosa Rogel de la Cruz.

2º. D. David López García.

3º. D. Juan Jesús Onieva Camacho.

4º. Dª Alba Ávila Jiménez.

5º. Dª Sandra Bermúdez Hidalgo.

6º. Dª Inmaculada Román Castillo.

7º. Dª Inmaculada Nieto Córdoba.

Corresponde a los Tenientes Alcalde de conformidad con lo establecido en el artículo 23.3 de la LBRL, sustituir en la totalidad de sus funciones al Alcalde por orden de nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.

Tercero. Por lo que respecta a la periodicidad y hora de celebración de sus sesiones ordinarias, a los efectos previstos en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, será semanal, indistintamente todos los jueves o viernes a las 8,30 horas. Si es inhábil pasará a celebrarse al día siguiente hábil.

Cuarto. Del presente decreto se dará cuenta al Pleno de la Corporación, a los interesados y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, surtiendo efectos desde el día siguiente al de la fecha de la presente resolución.

Priego de Córdoba a 11 de mayo de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José Manuel Mármol Servián.

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