Boletín nº 111 (14-06-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 1.752/2017

Don Antonio Granados Miranda, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hago saber:

Que el Expediente número 2-2017 (GEX número 1520-2017), tramitado por este Ayuntamiento para la aprobación del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de La Carlota para la aportación del medio propio la empresa de Transformación Agraria, S.A. S.M.E., M.P. (TRAGSA), para la ejecución de la actuación: Proyecto de Ejecución. Urbanización Fase 1ª-2 dentro de Fase 1ª de Unidad de Ejecución UE-1 SUS-I9 Autovía Norte de La Carlota (Córdoba), así como su instrumento de desarrollo, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2017, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 63, de fecha 3 de abril de 2017, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento (Edicto número 53-2017), y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://www.lacarlota.es/sede], se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado, pudiéndose interponer contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.

A continuación se inserta el texto íntegro del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de La Carlota para la aportación del medio propio la empresa de Transformación Agraria, S.A. S.M.E., M.P. (TRAGSA), para la ejecución de la actuación: Proyecto de Ejecución. Urbanización Fase 1ª-2 dentro de Fase 1ª de Unidad de Ejecución UE-1 SUS-I9 Autovía Norte de La Carlota (Córdoba), así como su instrumento de desarrollo:

«CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE Y EL AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA (CÓRDOBA) PARA LA APORTACIÓN DEL MEDIO PROPIO LA EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A. S.M.E, M.P.(TRAGSA) PARA LA EJECUCIÓN DE LA ACTUACIÓN: PROYECTO DE EJECUCIÓN. URBANIZACIÓN FASE 1ª-2 DENTRO DE FASE 1ª DE UNIDAD DE EJECUCIÓN UE-1 SUS-I9 AUTOVÍA NORTE EN LA CARLOTA, CÓRDOBA

En Madrid, a && de &&. de 2017

REUNIDOS

De una parte, D. Miguel Ordozgoiti de la Rica, Director General de Servicios, del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (en adelante MAPAMA), nombrado mediante Real Decreto 141/2013, de 22 de febrero, actuando en nombre y representación del citado Departamento, de acuerdo con las facultades que se le atribuyen en la Orden de la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de 27 de abril de 2016, sobre delegación de firma de los convenios previstos en el artículo 2.4 del Real Decreto 1072/2010.

Y, de otra parte, D. Antonio Granados Miranda, en calidad de Alcalde, en nombre y representación del Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), nombrado con fecha 13 de junio de 2015, y con facultades bastantes para el presente acto en virtud de su cargo, de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en ejecución del acuerdo adoptado por la Corporación Municipal en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2017.

Ambas partes, en la calidad en la que intervienen, se reconocen capacidad jurídica suficiente parala suscripción del presente convenio de colaboración y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero. Que la múltiple y compleja realidad que supone la coexistencia de la Administración General del Estado, las Administraciones Autonómicas y las de las Entidades Locales, proyectando su actividad sobre un mismo espacio subjetivo y geográfico, demanda incentivar un marco de actuación común a todas ellas, que propicie su participación institucional de actuación e incremente sus niveles de eficiencia.

En este sentido, los ayuntamientos tienen atribuida la intervención en cuantos asuntos afectan al círculo de los intereses y responsabilidades de los municipios, con la finalidad de asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal que, en infinidad de ocasiones, se conectan con los intereses de la Administración General del Estado y en este espacio se hace necesario que las dos administraciones colaboren estrechamente.

Segundo. En virtud del reparto competencial existente, configurado en el artículo 149 de la Constitución Española y el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (modificada por Ley 27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local), entre las actuaciones que pueden ser objeto de colaboración entre ambas Administraciones se encuentran aquellas relativas a urbanismo e infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.

Tercero. Que el artículo 57 de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril establece que la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración Local y la del Estado y Autonómica, podrá realizarse mediante los consorcios o convenios que suscriba.

Cuarto. Que el artículo 2.4 del Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, S.A. (TRAGSA), y de sus filiales, regula la aportación de TRAGSA y de sus filiales por la Administración General del Estado en sus relaciones de cooperación con otras Administraciones o sujetos jurídico-públicos, la cual se debe instrumentar a través de un convenio de colaboración entre las Administraciones o sujetos jurídico-públicos interesados, con indicación del interés público que justifica su suscripción, las actuaciones a desarrollar y la aportación de cada una de las partes.

Entre las funciones a desempeñar por las sociedades integrantes del grupo TRAGSA, reguladas en el apartado 4º de la Disposición Adicional 25ª del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se contempla la realización de todo tipo de obras (&) para la mejora de los servicios y recursos públicos.

En base a lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.  Objeto

El objeto del presente convenio es la colaboración entre el Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba) y el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para la aportación por este último de su medio propio, TRAGSA, al primero, para la realización de la siguiente actuación: Proyecto de Ejecución. Urbanización Fase 1ª-2 dentro de Fase 1ª de Unidad de Ejecución UE-1 SUS-I9 Autovía Norte en La Carlota, Córdoba. De conformidad con lo acordado en por la Corporación Municipal en Pleno, en sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2017.

Segunda. Obligaciones de las partes

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente se compromete a:

- Aportar el medio propio Empresa de Transformación Agraria, S.A. (TRAGSA), para que ejecute, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, la actuación mencionada en la Cláusula Primera.

- Notificar a TRAGSA la celebración del presente convenio para que proceda a la ejecución de las actuaciones indicadas en el mismo, facultando al citado medio propio a suspender la ejecución de las citadas actuaciones en el supuesto de que el Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba) no pueda atender el importe de las certificaciones emitidas por TRAGSA. A este respecto, bastará con una certificación impagada. La suspensión será decidida por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente por iniciativa propia o a solicitud de TRAGSA y podrá dar lugar a la extinción del presente Convenio.

El Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba) se compromete a:

- Responsabilizarse de la ejecución de la actuación para la que se aporta el medio propio TRAGSA en todos sus términos, técnicos y económicos.

- Abonar completamente las actuaciones objeto de este convenio por un importe de 1.787.073,19 € (I.V.A. incluido), de los que 450.000,00 € (I.V.A. incluido) correspondientes a la ANUALIDAD 2017 se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria __________ del presupuesto del Ayuntamiento de La Carlota para el ejercicio 2017. El resto, 1.337.073.19 € (I.V.A. incluido) se abonarán con cargo a las siguientes anualidades:

ANUALIDAD

IMPORTE CON I.V.A.

2017

450.000,00 €

2018

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