Boletín nº 114 (19-06-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 2.188/2017

EXTRACTO DE LA  CONVOCATORIA POR LA QUE SE DEBE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA A ESTUDIANTES   UNIVERSITARIOS INCLUIDOS  MÁSTERES OFICIALES Y CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DEL MUNICIPIO.

BDNS: 351020

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y la página web del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota.

Primero.

El objeto de la presente convocatoria es establecer la convocatoria de ayudas para  estudiantes  en situación de riesgo o exclusión social, que pueden verse abocados a dejar sus estudios por razones de índole económica,  y se realiza convocatoria pública de ayudas de las que pueden verse beneficiados un máximo de cincuenta y cuatro (54) estudiantes del municipio, que no han obtenido ningún tipo de subvención o ayuda por otras Administraciones Públicas para la misma finalidad, para el curso escolar 2016-2017.

Segundo. Beneficiarios

Podrán obtener la condición de beneficiarios de estas ayudas aquellos alumnos/as que se encuentren cursando estudios universitarios, incluido masteres oficiales, o ciclos formativos de grado superior, que cumpliendo los requisitos y obligaciones exigidas en la presente convocatoria, no hayan solicitado ninguna ayuda al estudio al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, u otro organismo público, o bien, habiéndola solicitado, no hayan sido beneficiarios de la misma; extremo, éste último, que se conocerá cuando haya transcurrido el plazo máximo de resolución de ayudas al estudio que hayan convocado la diferentes Administraciones Públicas para el curso 2016/2017.

Los alumnos que soliciten la ayuda al estudio con cargo a la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el tiempo que dure el curso 2016/2017 en que participan:

a) Haber sido admitido para la realización de alguno de los cursos que se imparten en la Universidad Pública, Masteres Oficiales, o en los Ciclos Formativos de Grado Superior, durante el curso 2016/2017.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y  con este Ayuntamiento, así como con la Seguridad Social.

c) No ser perceptor de ninguna otra ayuda pública para la misma finalidad atendiendo a los conceptos subvencionables establecidos en las presentes bases.

d) Los solicitantes universitarios deberán estar matriculados de un mínimo de 60 créditos para alumnos/as matriculados en 1º, así como en master oficial, y un mínimo de 48 créditos para estudiantes de 2º y posteriores cursos. Si los solicitantes están cursando un ciclo formativo de grado superior debe matricularse del curso completo o al menos de la mitad de los módulos que componen el mismo, no pudiendo acogerse a las presentes ayudas si el solicitante ha repetido el curso para el que la solicita.

e) Pertenecer a unidad familiar en situación de riesgo de pobreza o exclusión social, acreditada mediante informe de los servicios sociales municipales, el cual,  atendiendo a los indicadores de Exclusión Social, previstos en la Orden de 20 de marzo de 2015 (BOJA núm. 59 de 20/03/2015), por la que se prorrogan algunas de las medidas aprobadas por el Decreto-Ley 8/2014 de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, el cual será solicitado de oficio por el órgano instructor del procedimiento, previa autorización del solicitante.

Tercero. Bases reguladoras

La presente convocatoria se regirá por la Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota y sus Patronatos, aprobado  por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2017 y publicada en el B.O.P. nº 95,  de 22  de mayo  de 2017, así como por la presente convocatoria, aprobadas por Resolución de Alcaldía número 1444/2017, de 13 de junio del corriente.

Cuarto. Importe

Las ayudas al estudio que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria 3300-48904 "Plan de Apoyo a Estudiantes", del Presupuesto del Ayuntamiento de La Carlota correspondiente al año 2017.

 El crédito destinado a esta convocatoria asciende inicialmente a treinta mil euros (30.000 euros), de los créditos disponibles del Presupuesto municipal correspondiente al año 2017, con cargo a la citada aplicación presupuestaria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales, el cual se contara a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria  en el Boletín Oficial de la Provincia, estando publicadas las mismas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, documento que será  alojado en la Sede Electrónica con un enlace en la siguiente dirección de Internet: www.lacarlota.es.

Sexto. Otros datos

La solicitud se realizará por medio de la presentación de la  correspondiente instancia normalizada que podrá recogerse en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota., o en la página web municipal: http://www.lacarlota.es/, siendo presentados en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, sito en Avda. Carlos III, 50; o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el Art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de  Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En La Carlota a 14 de junio de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente en funciones (Resolución 1426/2017, de 9 de junio), Francisco Javier Martín Torres.

Aviso jurídico

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