Boletín nº 117 (22-06-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 2.235/2017

Don Manuel Aranda Roldán, Titular del Órgano de Gestión Económico-Financiera y Tesorero Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, hace saber:

Que la Excma. Sra. Alcaldesa Dª M. Isabel Ambrosio Palos, ha dictado, con fecha 12 de junio, el Decreto número 4934, y cuyo tenor literal es:

Vista la propuesta formulada por el Titular del Órgano de Gestión Económico-Financiera, de fecha 5 de junio actual, en la que entre otros extremos literalmente se dice:

El BOE número 59 de 10 de marzo de 2017 publica la Resolución de 28 de febrero de 2017 de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional.

En la citada Resolución se adjudica el puesto de Adjunto al Titular del Órgano de Gestión Económico-Financiera del Ayuntamiento de Córdoba a Dª Mª Victoria Gómez Muñoz, con DNI 30.474.458-X, que tomó posesión del mencionado puesto, con fecha 2 de mayo pasado.

El Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional en su artículo 2 apartado g se refiere a los puestos de colaboración en los siguientes términos:

Puestos de colaboración: son aquellos que las Corporaciones Locales pueden crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de Secretaría, Intervención o Tesorería, y a los que corresponde la sustitución de sus titulares en caso de vacante, ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria, así como para el ejercicio de las respectivas funciones reservadas que, previa autorización de la Alcaldía o Presidencia, les sean encomendadas por dichos funcionarios titulares. Estos puestos serán clasificados a propuesta de la Corporación y estarán reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la subescala y categoría que proceda.

La Relación de puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Córdoba señala los siguientes cometidos del puesto denominado Adjunto Titular Órgano Gestión Económico-Financiera: Colaboración inmediata con el Titular, correspondiendo al mismo su sustitución en caso de vacante, ausencia o enfermedad o abstención legal o reglamentaria, así como para el ejercicio de las respectivas funciones reservadas en materia de contabilidad y en materia de Tesorería, que previa autorización de la Alcaldía-Presidencia, les sean encomendadas por el/la Titular. Realización de estudios, informes y propuestas de carácter superior. Utilización y manejo de paquetes y herramientas informáticos. Cumplimiento de estándares de calidad.

El Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Córdoba, regula en su Capítulo X el Servicio Municipal de Gestión Económico-Financiera, creado al amparo del artículo 134.1 del Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada en este extremo por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, entre cuyas funciones reserva las de Contabilidad (artículo 271) y las de Tesorería (artículo 272). Dada la importancia y complejidad de las dos funciones adscritas al Órgano de Gestión Económico-Financiera, se hace preciso una atribución de funciones en el Adjunto al Titular del Órgano de Gestión Económico-Financiera para una mayor dedicación de las tareas, tal como prevé el propio artículo 276 del Reglamento Orgánico que literalmente dice: La Jefatura del Servicio podrá delegar el ejercicio de sus competencias en el personal adscrito. Igualmente, podrá realizar delegación de firma cuando lo estime necesario para la gestión de dichas competencias.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional en su artículo 2 apartado g, así como en el artículo 276 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Córdoba; y en uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía por el artículo 124.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, dispongo:

Primero. Autorizar la delegación del ejercicio de las siguientes funciones del Titular del Órgano de Gestión Económico-Financiera en Dª Mª Victoria Gómez Muñoz, Adjunta al Titular del Órgano de Gestión Económico-Financiera y Titular de la Función de Contabilidad del Ayuntamiento de Córdoba:

a) El ejercicio de la función de Contabilidad del Órgano de Gestión Económico-Financiera conforme a lo previsto en el Reglamento Orgánico General y en la normativa reguladora de la función de Contabilidad en las Entidades Locales.

b) La Coordinación interna de los Servicios que presta el Órgano de Gestión Económico-Financiera.

c) La Dirección de los medios personales del Órgano de Gestión Económico-Financiera que realiza funciones en materia de Contabilidad.

Segundo. En los actos administrativos que se realicen habrá de hacerse constar que se realiza por Delegación, así como la fecha y número del Decreto de delegación.

Tercero. Notificar la presente resolución a los interesados para su conocimiento y efectos procedentes.

Cuarto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y página portal de transparencia a los efectos previstos en Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto. La presente delegación será efectiva desde la fecha de su notificación a los interesados, dejando sin efecto las delegaciones anteriormente concedidas sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, 16 de junio de 2017. Firmado electrónicamente: El Titular del Órgano de Gestión Económico-Financiera, Manuel Aranda Roldán.

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