Boletín nº 121 (28-06-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 2.341/2017

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL ARREGLO Y MEJORA DE CAMINOS RURALES DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE IZNÁJAR PARA EL EJERCICIO 2017

BDNS (Identif.): 352704

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publíca el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(htp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Persona o personas que haya de realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención. Por la naturaleza de la presente subvención, podrán tener la consideración de beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, que aun careciendo de personalidad, pretendan llevar a cabo la actuación objeto de subvención y que cumplan los siguiente requisitos:

Estar empadronados en Iznájar en la fecha de la aprobación de las bases todas las personas físicas firmantes de la solicitud de la subvención; Que el carril de acceso a las viviendas o a la fincas rústicas se encuentre en el término municipal de Iznájar; Que no haya recibido subvención de otra Administración pública para su arreglo y mejora; Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con esta Adminitración municipal; Adoptar el compromiso de financiar la parte no subvencionada del coste total de ejecución; No haber recibido subveción por parte del Ayuntamiento de Iznájar en los últimos tres años para arreglo del mismo tramo del camino para el que se solicita subvención.

Segundo. Finalidad:

Contrubución al arreglo y mejora de caminos de acceso a viviendas rurales y/o fincas rústicas situadas en el término municipal de Iznájar.

Tercero. Bases reguladoras:

Publicado en el B.O.P. nº 116, de 21 de junio de 2017 y en la web municipal www.iznájar.es

Cuarto. Importe:

El importe de la subvención no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que pueda superar el 60% del coste total del proyecto y/o actuación a desarrollar.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Las instancias solicitando la subvención, deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento, por un plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación en el B.O.P. de Córdoba del extracto de la convocatoria.

Iznájar a 23 de junio de 2017. Firmado electrónicamente: El Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Iznájar, José Llamas Iniesta.

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