Boletín nº 122 (29-06-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Conquista

Nº. 2.331/2017

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de junio de 2017, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n. º 4/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a al remanente líquido de Tesorería, como sigue a continuación:

MODIFICACIÓN DE CRÉDITO 04/2017

CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA 01/2017

Inversión en caminos vecinales e instalación de estructura para sombra en piscina municipal.

GASTOS

454.609.00

Caminos vecinales. Otras inversiones nuevas en

infraestructuras y bienes destinados a uso gral.

5.000 €

342.625.00

Instalaciones deportivas. Inversión nueva asociada

al funcionamiento operativo de los servicios

4.500 €

TOTAL

9.500 €

INGRESOS

870.00

Incorporación de remanente para gastos generales

9.500 €

TOTAL

9.500 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia , para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento www.conquista.es

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Conquista, a 26 de junio de 2017. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Francisco Buenestado Santiago.

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