Boletín nº 134 (17-07-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán

Nº. 2.618/2017

Don Miguel Ruz Salces, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba (Córdoba), hace saber lo que sigue:

Que mediante Decreto de fecha 13 de julio de 2017, insertado en el libro de resoluciones con el número 2017/00000042 he dictado lo que sigue:

Decreto de la Alcaldia

Asunto: Decreto de la Alcaldía por el que se declara inhábil el mes de agosto a efectos del computo de plazos en el proceso selectivo para la provisión como funcionario de carrera de una plaza vacante de Policía Local, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2016. Expt. GEX 2017/32.

El desarrollo del proceso selectivo convocado por este Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, para la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso por turno libre y a través del procedimiento de selección de oposición, de una plaza vacante en la plantilla de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2016, exige el cumplimiento de determinados plazos establecidos en las Bases de la Convocatoria Publicadas en el BOP Córdoba nº 33, de 17 de febrero, y en concordancia con lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto, esta Alcaldía resuelve:

Primero: Declarar inhábil dicho mes a efectos del computo de plazos en el referido proceso selectivo, correspondiente a la Oferta de Empleo Publico 2016, convocado por resolución de la Alcaldía de fecha 10 de febrero de 2016 (BOP Córdoba nº 33, de 17 de febrero, BOJA nº 54, de 21 de marzo de 2017, BOE nº 79, de 3 de abril de 2017).

Segundo: Publicar la presente Resolución en el BOP de Córdoba y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba (www.montalbandecordoba.es).

Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse, alternativamente, cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

a) Recurso de Reposición, con carácter potestativo, ante el mismo órgano municipal que ha aprobado la presente resolución, en el plazo de un mes desde su publicación, según prescriben los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, o bien

b) Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de los de Córdoba que por turno corresponda, de conformidad con la distribución de competencias establecida en los artículos 8, 10 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa -LJCA-, en el plazo de dos meses desde su publicación en los términos previstos en los artículos 114 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 46.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa -LJCA-.

Asimismo, de conformidad con el artículo 40.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, podrá interponer cualquier otro recurso que estime conveniente. Significándose que en caso de interponer Recurso de Reposición no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Lo decreta y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en Montalbán de Córdoba, de lo que en calidad de Secretaria-Interventora certifico a los solos efectos de fé pública. Fechado y firmado electrónicamente.

Lo que se publica para general conocimiento.

Montalbán de Córdoba a 13 de julio de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Miguel Ruz Salces.

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