Boletín nº 136 (19-07-2017)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 2.469/2017

Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 136/2016. Negociado: AJ

De: Dª. Francisca Rojas Arcas

Abogado: D. Antonio Jorge Álvarez

Contra: Limpiezas Marsol S.L. y FOGASA

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 136/2016, a instancia de la parte actora Dª. Francisca Rojas Arcas contra Limpiezas Marsol S.L. y FOGASA, sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

1. Estimo la demanda presentada por Francisca Rojas Arcas frente a la empresa Limpiezas Marsol, S.L. en reclamación de cantidad.

2. Condeno a la empresa Limpiezas Marsol, S.L. a que pague a Francisca Rojas Arcas la cantidad de 1.046,90 euros.

3. Condeno también a la empresa Limpiezas Marsol, S.L. a que pague a la demandante el 10% de interés anual en concepto de mora, respecto de los conceptos salariales, desde el momento de su devengo hasta la fecha de la sentencia; y los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde ésta hasta su total pago.

4. Condeno al Fondo de Garantía Salarial (FGS) a estar y pasar por los pronunciamientos de esta sentencia, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria futura en los casos que proceda.

Notifíquese esta sentencia a las partes informándoles de que contra la misma no cabe recurso alguno, salvo lo dispuesto en el artículo 191-3, letra d), de la L.R.J.S. (que el recurso tenga por objeto subsanar una falta esencial del procedimiento o la omisión del intento de conciliación o de mediación obligatoria previa, siempre que se haya formulado la protesta en tiempo y forma y hayan producido indefensión), en cuyo caso el objeto del recurso versará sólo sobre el defecto procesal invocado.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Limpiezas Marsol S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia de Huelva, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 30 de mayo de 2017. La Letrada de la Administración de Justicia, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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