Boletín nº 143 (28-07-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 2.776/2017

En cumplimiento de lo dispuesto del artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 12 de junio de 2017, de modificación de presupuesto número 11/2017 mediante la modalidad de de concesión de créditos extraordinarios y cuyo resumen es el siguiente:

A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:

Grup. de Prog.

Clas. econ.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

1532

619.02

Pavimentación Paseo Reina Sofía 2016

15.268,33

165

623.04

Iluminación Espacios Públicos 2016

13.552,00

432

625.02

Carpa Para Promoción Turística 2016

  1.113,20

231

480.10

Servicio Municipal Atención Domiciliaria 2015/16

33.150,00

TOTAL

63.083,53

B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN: Remanente de Tesorería para Gastos Generales:

Clasif. económica

Denominación de las Clasificaciones

Importe

870.00

Remanente De Tesorería Para Gastos Generales

63.083,53

TOTAL

63.083,53

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Benamejí a 25 de julio de 2017. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.

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