Boletín nº 144 (31-07-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 2.788/2017

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento aprobó, en sesión del 10 de abril de 2017, el Convenio para la Gestión del Plan Parcial Residencial 2A de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Pozoblanco y el acuerdo de colaboración suscrito entre los propietarios del Sector para su desarrollo urbanístico, depositándose en el Registro Municipal de Instrumentos de Gestión y Planeamiento con el nº 1/2007.

Presentado el Proyecto de Reparcelación de dicho sector y una vez seguido el procedimiento de aplicación, se aprobó definitivamente mediante Decreto de Alcaldía de fecha 28 de junio de 2017.

Tras ello, y dada cuenta del Proyecto de Urbanización presentado de dicho Sector y el informe técnico municipal incorporado al expediente, la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 20 de julio de 2017, acordó:

Primero. Aprobar inicialmente dicho Proyecto de Urbanización y someter el expediente a información pública durante el plazo de un mes, mediante anuncio a insertar en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de Edictos de esta Corporación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia.

Segundo. Comunicar a los propietarios de los terrenos comprendidos en el sector la apertura del plazo de información pública.

Tercero. Solicitar simultáneamente los informes técnicos necesarios a las compañías suministradoras competentes, para constatar la idoneidad del Proyecto de conformidad con la legislación sectorial de aplicación.

Cuarto. Proceder a la apertura de dicho trámite, por lo que los interesados en concurrir al mismo podrán examinar el expediente en el plazo indicado a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en las dependencias de Secretaría, ubicadas en la planta primera del Ayuntamiento de Pozoblanco, en horario de 8 a 14,30 horas de día hábil, y presentar, en el mismo plazo, las alegaciones y sugerencias que, en su caso, consideren, conforme prevé el artículo 128.3 y 4 del Real Decreto 2.159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento.

Pozoblanco, 26 de julio de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Santiago Cabello Muñoz

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