Boletín nº 198 (18-10-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 3.613/2017

El Alcalde de esta ciudad, hace saber:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2017, por Unanimidad de todos los miembros presentes, cumpliéndose con el requisito del quórum legal establecido, con un total de 14 votos (P.P.), 3 votos (P.S.O.E) y 2 (P.A.), adoptó el siguiente acuerdo:

"1º. Aceptar y aprobar el informe-propuesta del Equipo Redactor del PGOU de Cabra de 8 de febrero de 2016, sobre justificación del cumplimiento de las exigencias de ordenación previstas en el artículo 36.2 a 5º de la LOUA.

2º. Aprobar definitivamente el expediente de "Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Cabra en el ámbito de Apertura C/ Silos y PAU R-2 formulado por este Ayuntamiento (Expediente Ayto. GEX 2014/869- Urbanismo Expediente P-06/15), una vez subsanadas las consideraciones señaladas en el apartado Primero del Informe emitido por el Servicio de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente Ordenación del Territorio, con fecha 16 de octubre de 2015.

3º. Inscribir en el Registro Administrativo municipal de Instrumentos Urbanísticos la citada modificación y remitir los documentos preceptivos de la innovación al Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento.

4º. El presente acuerdo y el texto íntegro de la normativa urbanística se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con indicación de los recursos que procedan. El Alcalde, Fdo. Fernando Priego Chacón. (Firmado electrónicamente en la fecha de la firma)".

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, haciéndose constar que se ha procedido a inscribir en el Libro de Registro Administrativo Municipal de Instrumentos de Planeamiento con el número de expediente SI-Aa016 y en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos con el número 7.446. El contenido del articulado de las Ordenanzas de dicha Innovación es el que figura en el Anexo al presente Edicto.

Contra la anterior Resolución, que deviene firme en vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la jurisdicción competente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Cabra a 5 de octubre de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Fernando Priego Chacón.

ANEXO

El Plan General de Ordenación Urbanística de Cabra vigente contiene una operación puntual de apertura de viario entre la calle Silos y el sector de suelo urbanizable PAU PP R2, que proviene de las propuestas del anterior Plan General habiéndose mantenido la actuación en el Plan General vigente.

Para dicha apertura de viario no se define ningún sistema de gestión, por lo que la única alternativa para conseguir dicha apertura sería la negociación con los propietarios de la edificación existente y en último extremo la expropiación.

Las dificultades de gestión y la imposibilidad de conseguir los suelos por el Ayuntamiento motivan la tramitación de una Innovación para eliminar dicha actuación y mantener el uso residencial de la edificación existente, para lo cual, la Delegación Territorial de Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, solicitó la redacción de un Informe Técnico sobre la viabilidad de dicha Innovación al equipo redactor del Plan General vigente, informe que se emitió con fecha 29 de noviembre de 2013 y en el que se concluye la procedencia de la Innovación planteada en virtud de las circunstancias que concurren.

La propuesta de realizar una apertura viaria en ese punto por parte del Plan General únicamente tiene un sentido local, y no se trata de una actuación necesaria para el acceso al sector, acceso que se debe producir tanto por el viario estructural existente, la cuesta de los Barreros, como por los nuevos viales estructurales previstos y parcialmente ejecutados en el límite noroeste del sector como parte de una importante semironda urbana.

Por otra parte en caso de realizarse dicha actuación, puede tener un efecto no deseado si finalmente se utilizara para acceder al sector una vez que éste se consolidara ya que sobrecargaría la calle Silos y con el problema añadido, que supone el desfase que se ha producido al ejecutar la urbanización del PAU R2, de forma que la apertura del vial previsto en el PGOU afectaría a tres parcelas en lugar de a dos parcelas, al estar desplazada la apertura prevista en lea urbanización del R2.

Finalmente debe tomarse en consideración que una actuación expropiatoria de edificaciones y parcelas de uso residencial supone actualmente una importante inversión para un Ayuntamiento como Cabra además del problema que plantea en relación a los propietarios de la vivienda.

Por lo anteriormente expuesto se consideran mayores los perjuicios que los beneficios de la actuación expropiatoria, no siendo además una propuesta que tenga especial relevancia para la ordenación de la zona, tratándose de una actuación de la que se puede prescindir.

Se propone en la presente innovación eliminar la apertura de dicho vial y modificar el tramo de vial previsto dentro del sector R2 que no se ha urbanizado situándose en su lugar un espacio libre público.

Las modificaciones propuestas son:

a) Mantener las dos parcelas existentes como parte del suelo urbano consolidado asignándole la calificación de Colonia Popular con dos plantas de altura.

b) Mantener como alineación a calle Silos la línea de fachada existente actualmente, y definir una nueva alineación hacia el espacio libre propuesto dentro del ámbito del sector R2.

c) Modificar la calificación del suelo inicialmente destinado a viario dentro del ámbito del PAU R2 que pasa a ser espacio libre público manteniendo las alineaciones de las parcelas edificables del sector colindantes con este suelo.


Adjuntos: 3-613_planos.pdf |

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