Boletín nº 198 (18-10-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 3.741/2017

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en sesión celebrada el 3 de octubre de 2017 y en relación a su acuerdo tomado en sesión celebrada el pasado 31/08/2017, por el que se aprobaban las Bases específicas y Convocatoria 10 becas de la Delegación de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, dirigidas a jóvenes para realizar estudios de idiomas, nivel B1 durante el año 2017, ha tomado el siguiente acuerdo:

NÚM. 2. EXPTE. 15024/2017: APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE SESIONES DE FECHA 31 DE JULIO Y 31 DE AGOSTO DE 2017.

Respecto al acta de fecha 31 de agosto, en relación con el expte. 9406/2017, se presenta escrito por parte del Grupo Municipal Popular con fecha de registro de entrada 29 de septiembre de 2017, que dice:

Que vista la publicación en el BOP de 27 de septiembre de 2017, en el que se publican las bases específicas y convocatoria de 10 becas de la Delegación de Juventud para realizar estudios de idiomas, nivel B1, durante el año 2017.

Encontramos error material en su publicación ya que no se ha suprimido el punto 4 del artículo Cuarto. Beneficiarios donde dice que el nivel de ingresos de la unidad familiar.... que se sustituyó a propuesta de este grupo Municipal por el artículo séptimo. Procedimiento de Concesión y criterios de valoración, en el apartado 2) dando una puntuación de cinco puntos al solicitante que acredite menos ingresos familiares, valorándose el resto de las solicitudes proporcionalmente mediante regla de tres, de forma que dichas ayudas puedan presentarse todos los jóvenes que así lo deseen sin mermar la igualdad, objetividad y no discriminación entre vecinos.

El Ayuntamiento Pleno acuerda con el voto favorable por unanimidad:

Primero. Aprobar la modificación de las bases de 10 becas de la Delegación de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Priego dirigidos a jóvenes para realizar estudios de idioma B1 durante el 2017, que habrán de regir dicha convocatoria que se propuso por parte del Grupo Municipal Popular en el pleno de 31 de agosto, consistente en suprimir el artículo 4, punto cuarto y que por error no se hizo constar , quedando el citado artículo 4 del siguiente tenor literal:

Cuarto. Beneficiarios

En función de las competencias que este Ayuntamiento tiene exclusivamente en el término municipal de Priego de Córdoba, se establece que podrán concurrir a la concesión de estas ayudas los/las Jóvenes que reúnan los siguientes requisitos:

1. Por razón de la competencia territorial del municipio se exige estar empadronados en Priego de Córdoba con un mínimo de 1 año anterior a la fecha de la publicación de esta convocatoria y están destinadas para la matriculación exclusivamente en centros ubicados en el término municipal de Priego de Córdoba.

2. Tener entre 16 y 35 años durante el 2017.

3. Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: EGB, ESO, Bachillerato o Grados Formativos (medio o superior), o Universidad

Segundo. Conservar aquellas partes y documentos del expediente así como los trámites cuyo contenido se mantienen iguales de no haberse cometido el referido error, conservándose las solicitudes que se hubieran podido presentar.

Tercero. Ordenar nuevamente su publicación de acuerdo con los trámites legalmente vigentes volviendo a computar el plazo para presentar solicitudes sin perjuicio de conservar aquellas que se hubieran podido presentar.

Cuarto. Comuníquese el presente acuerdo a Juventud, a la Intervención Municipal y Jefatura de Gastos mediante el envío telemático del expediente a su correspondiente bandeja electrónica, previa incorporación del certificado del acuerdo, para la continuación de los trámites tendentes a su cumplimiento, debiendo dejar constancia en dicho expediente electrónico, tanto de la recepción del expediente, como de las actuaciones que se lleven a cabo, para el cumplimiento del referido acuerdo.

Por unanimidad y en votación ordinaria,con la modificación señalada, es aprobada el acta de la sesión de fecha 31 de agosto, posponiendo el estudio del acta de 31 de julio, al no haber subido a las tablet en tiempo disponiéndose su traslado al libro capitular correspondiente, para su autorización por la Presidenta y la Secretaria.

Lo que se publica para general conocimiento en Priego de Córdoba, a 16 de octubre de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, José Manuel Mármol Servián.

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