Boletín nº 210 (07-11-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Doña Mencía

Nº. 3.965/2017

Doña Carmen Romero Villa, Alcaldesa Sustituta del Excelentísimo Ayuntamiento de Doña Mencía (Córdoba), hace saber:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de noviembre de 2017, acordó aprobar provisionalmente la derogación y la modificación de las ordenanzas fiscales que seguidamente se detallan:

DEROGADA

- Tasa por Ocupación del Subsuelo en Terrenos de Dominio Público Local.

MODIFICADAS

- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

- Tasa por la Utilización del Salón de Actos y Dependencias Auxiliares de la Casa de la Cultura, así como por el Alquiler o Préstamo de Material de la Delegación de Cultura.

- Tasa por Ocupación de Terrenos de Dominio Público Local con Vallas, Andamios, Escombros y Plataformas.

- Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público Local con Quioscos y Cristaleras.

- Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local por Toldos y Marquesinas

- Tasa por la Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, por Reserva de Estacionamiento para Carga y Descarga, por Corte de la Vía Pública, por Entradas de Vehículos a Través de las Aceras y por Reservas de Aparcamiento.

- Tasa del Cementerio Municipal y otros Servicios Funerarios.

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo de aprobación provisional y las correspondientes Ordenanzas Fiscales establecidas y modificadas se someten a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, periodo durante el cual el expediente podrá ser examinado en la Secretaría-Intervención de esta Entidad y presentarse las alegaciones, reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas.

Si transcurrido el plazo indicado no se hubiesen presentado alegaciones, reclamaciones ni sugerencias, quedará elevado a definitivo el acuerdo automáticamente.

Doña Mencía, 3 de noviembre de 2017. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa Sustituta, Carmen Romero Villa.

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