Boletín nº 55 (20-03-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Añora

Nº. 893/2018

Por medio del presente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que por Resolución de la Alcaldía de fecha 5 de marzo de 2018, se ha adoptado el siguiente acuerdo:

Revocar la delegación otorgada a la Junta de Gobierno Local por Resolución de fecha 19 de junio de 2015 de las siguientes competencias, que serán ejercidas nuevamente por esta Alcaldía:

" Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe sea mayor de 12.000,00 euros y no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, los 6.000.000,00 euros; incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto de primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

" La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Añora a 12 de marzo de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Bartolomé Madrid Olmo.

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