Boletín nº 65 (05-04-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Benamejí
Nº. 1.127/2018
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 22 de febrero de 2018 de modificación de presupuesto número 1/2018 mediante la modalidad de Concesión de Crédito Extraordinario y cuyo resumen es el siguiente:
A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:
Grup. de Prog. |
Clas. Econ. |
Denominación de las Clasificaciones |
Importe |
241 |
821.90 |
Anticipo reintegrable Ruta del Tempranillo |
25.600,00 |
241 |
480.00 |
Subvenciones nominativa Ruta del Tempranillo |
6.400,00 |
TOTAL |
32.000,00 |
B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN: Baja por anulación de los siguientes créditos:
Grup. de Prog. |
Clas. Econ. |
Denominación de las Clasificaciones |
Importe |
1532 |
609.07 |
Vías Públicas-Equipamiento |
4.000,00 |
161 |
633.00 |
Agua potable-Maquinaria e instalaciones reposición |
1.000,00 |
165 |
623.00 |
Alumbrado público-Maquinaria e instal. nuevas |
1.000,00 |
454 |
226.98 |
Caminos Vecinales-Sanciones |
3.612,00 |
492 |
131.00 |
Dinamizadora Guadalinfo |
10.838,42 |
492 |
160.00 |
Gestión del Conocimiento-Seguridad Social |
3.549,58 |
933 |
681.00 |
Aportación Junta Compensacion PPR1 |
8.000,00 |
TOTAL |
32.000,00 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Benamejí, a 3 de abril de 2018. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.