Boletín nº 82 (30-04-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 1.351/2018
La Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad de Priego de Córdoba, certifico:
Que el Pleno de esta Corporación, en sesión de fecha 31 de enero de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:
Primera parte: Resolutiva
NÚM. 3. EXPTE. 1616/2018. PROPUESTA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN PARA QUE DELEGUE EN LA JGL LA POTESTAD DE ESTABLECIMIENTO Y MODIFICACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS CONFORME PERMITE EL ARTÍCULO 47 DEL R.D. LEG. 2/2004, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDAS LOCALES.
Vista la propuesta que realiza la Presidenta del Área de Economía, Hacienda y Desarrollo Socioeconómico al Pleno de la corporación para que delegue la potestad de establecimiento y modificación de precios públicos conforme permite el artículo 47 del R.D. LEG. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de haciendas locales, con el siguiente contenido:
El artículo 47 del TRLHL, establece que:
1. El establecimiento o modificación de los precios públicos corresponderá al Pleno de la corporación, sin perjuicio de sus facultades de delegación en la Comisión de Gobierno, conforme al artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
La presente propuesta de Delegación no implicaría procedimiento distinto del establecido para el establecimiento o modificación de precios públicos, pero sí un significativo incremento de agilidad en la tramitación de los mismos ya que, en caso de urgente necesidad, existen mensualmente mas sesiones de la Junta de Gobierno Local que del Pleno, dándose con demasiada asiduidad la necesidad de establecer precios con gran celeridad por razón de comienzo o realización cuasi inmediata de la actividad gravada.
Por todo lo anterior propongo a la corporación en pleno lo siguiente: delegar en la junta de gobierno local, la potestad del establecimiento y modificación de los precios públicos por la prestación de servicios o la realización de actividades de la competencia del ayuntamiento de priego y sus OO.AA. Administrativos.
Sometido el expediente a votación, se obtiene el siguiente resultado:
Votos a favor: Seis pertenecientes al Grupo Municipal Socialista, cuatro pertenecientes al Grupo Municipal Andalucista, uno perteneciente al Grupo Municipal de Participa Priego.
Votos en contra: Diez pertenecientes al Grupo Municipal Popular.
El Ayuntamiento Pleno acuerda con el voto favorable por mayoría absoluta:
Primero. Aprobar la propuesta en la literalidad de los términos descritos.
Segundo. Comuníquese el presente acuerdo a la Intervención, Jefatura de Gastos, Cultura, Turismo, Deportes mediante el envío telemático del expediente a su correspondiente bandeja electrónica, previa incorporación del certificado del acuerdo, para la continuación de los trámites tendentes a su cumplimiento, debiendo dejar constancia en dicho expediente electrónico, tanto de la recepción del expediente, como de las actuaciones que se lleven a cabo, para el cumplimiento del referido acuerdo.
Y para que así conste, expido el presente con el Visto Bueno del Alcalde-Presidente.
Priego de Córdoba, a 2 de febrero de 2018. Firmado electrónicamente: La Secretaria General, Ana Isabel Rodríguez Sánchez. Vº Bº de El Alcalde, José Manuel Mármol Servián.