Boletín nº 199 (16-10-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 3.377/2018
La Junta de Gobierno Local de esta Corporación, en sesión de fecha 27 de septiembre de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:
NÚM. 4. EXP. 16229/2018. ESTABLECIMIENTO Y APROBACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS DE LOS TALLERES MUNICIPALES 2018-2019
Se trae a conocimiento de la Junta de Gobierno la siguiente propuesta literal de la Srª Concejala de Educación, interviniendo en este punto la Presidenta del Área de Hacienda para introducir una modificación en la propuesta ya que ha observado un error de trascripción en las horas referidas al Taller de teatro escolar que consta en todos los documentos presupuestarios y estudios con 252 horas. Así mismo indica que por razones de operatividad se ve mas conveniente que el pago del precio se lleve a cabo una vez se acepte la solicitud y se proceda a la confirmación de que el taller se va a realizar, evitando devoluciones por falta de organización del mismo, por lo que introduce en el texto estas modificaciones proponiéndose se reconozca la urgencia ya que debería de comenzar el procedimiento el próximo lunes y se dé cuenta de la corrección en la próxima C.I. de Hacienda, dada la urgencia existente en la aprobación de estos precios:
Propuesta de acuerdo
Visto el expediente que se tramita para el establecimiento del Texto Regulador del Precio Público por la inscripción en los Talleres Educativos Municipales 2018-2019.
Vista la Memoria Económico-Financiera que consta en el expediente, de la que se deduce que el precio público no cubre el coste de la actividad, si bien se encuentra justificado por motivos culturales la fijación de los precios propuestos que se asimilan a los establecidos en ejercicios anteriores, existiendo crédito en el presupuesto municipal para cubrir la parte del coste de las actividades que no cubre el precio propuesto.
Considerando que la competencia para la aprobación del establecimiento y la modificación de precios públicos corresponde a la Junta de Gobierno Local, por delegación del Ayuntamiento Pleno en sesión realizada en fecha 31/01/2018.
Por lo expuesto, se eleva a la Junta de gobierno Local, previo dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
Primero. Aprobar el establecimiento del siguiente Texto Regulador del Precio Público por inscripción en los Talleres Educativos Municipales 2018-2019.
«TEXTO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR INSCRIPCIÓN EL LOS TALLERES EDUCATIVOS MUNICIPALES 2018-2019
Artículo 1. Objeto
De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo en relación con el artículo 41, del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, se establece el precio público por inscripción en los Talleres Educativos Municipales 2018-2019 de conformidad con el presente Texto Regulador del Precio Público.
Artículo 2. Obligados al pago
Están obligados al pago del precio público aquí regulado quienes soliciten la inscripción en los Talleres Educativos Municipales previstos a realizar en la temporada 2018-2019 que a continuación se relacionan:
Taller |
Duración en horas |
|
1 |
Corte y Confección |
102 |
2 |
Dibujo y pintura, grupos A y B |
127,5 |
Dibujo y pintura, grupo C |
75 |
|
3 |
Manualidades |
102 |
4 |
Sevillanas de iniciación |
51 |
5 |
Mejora de la Salud a través del Baile |
76,5 |
6 |
Baile de salón y Baile Social |
76,5 |
7 |
Inglés (conversación nivel inicial) |
51 |
8 |
Inglés (conversación nivel intermedio/avanzado) |
51 |
9 |
Técnicas orientales para la relajación |
76,5 |
10 |
Memoria y Estimulación cognitiva en Priego |
52 |
11 |
Memoria y Estimulación cognitiva en Las Navas |
52 |
12 |
Memoria y Estimulación cognitiva en El Cañuelo |
52 |
13 |
Bailes de Salón en Las Navas |
52 |
14 |
Emociones positivas |
76,5 |
15 |
Escritura creativa y breve |
22,5 |
16 |
Danza del vientre y fusión flamenco-árabe |
51 |
17 |
Taller para Festival Teatro Escolar |
252 (*Texto modificado respecto a la propuesta) |
18 |
Teatro adultos |
54 |
19 |
Restauración de muebles |
75 |
20 |
Reciclaje y pintura en Zagrilla |
54 |
21 |
Reciclaje y pintura en Lagunillas |
48 |
Artículo 3. Cuantía
El importe del precio o tarifa es, IVA incluido1, el siguiente:
Taller |
Importes |
|
1 |
Corte y Confección |
65,00 € |
2 |
Dibujo y pintura, grupos A y B |
65,00 € |
Dibujo y pintura, grupo C |
53,00 € |
|
3 |
Manualidades |
65,00 € |
4 |
Sevillanas de iniciación |
80,00 € |
5 |
Mejora de la Salud a través del Baile |
120,00 € |
6 |
Baile de salón y Baile Social |
120,00 € |
7 |
Inglés (conversación nivel inicial) |
51,00 € |
8 |
Inglés (conversación nivel intermedio/avanzado) |
51,00 € |
9 |
Técnicas orientales para la relajación |
50,00 € |
10 |
Memoria y Estimulación cognitiva en Priego |
56,00 € |
11 |
Memoria y Estimulación cognitiva en Las Navas |
56,00 € |
12 |
Memoria y Estimulación cognitiva en El Cañuelo |
56,00 € |
13 |
Bailes de Salón en Las Navas |
44,00 € |
14 |
Emociones positivas |
80,00 € |
15 |
Escritura creativa y breve |
130,00 € |
16 |
Danza del vientre y fusión flamenco-árabe |
50,00 € |
17 |
Taller para Festival Teatro Escolar |
0,00 € |
18 |
Teatro adultos |
120,00 € |
19 |
Restauración de muebles |
50,00 € |
20 |
Reciclaje y pintura en Zagrilla |
40,00 € |
21 |
Reciclaje y pintura en Lagunillas |
35,00 € |
1 El presente precio se encuentra exento de IVA por aplicación del artículo 20.1.14.c de la Ley 37/1992, LIVA.
Artículo 4. Normas de gestión
La formalización de las solicitudes de inscripción a cada Taller se llevarán a cabo en la Oficina de Información en horario de atención al público.
Procederá la devolución del precio abonado en los siguientes casos:
a) Cuando no se llegue a realizar el Taller para el cuál se haya abonado el precio correspondiente por cualquier motivo cuya responsabilidad corresponda al Ayuntamiento de Priego de Córdoba, incluidos los casos en que se produzca desistimiento del monitor propuesto (*Texto modificado respecto a la propuesta).
b) Cuando el/la inscrito/a solicite la baja voluntaria sin una justificación de tipo médico, siempre que la misma se solicite con una antelación no inferior a 10 días naturales del comienzo del taller y que ésta no implique el incumplimiento del cupo mínimo establecido para cada taller.
c) Cuando se acredite mediante certificación médica la posibilidad de realizar o continuar la realización del taller correspondiente.
Fuera de estos casos, no procederá en ningún momento la devolución del precio público abonado.
Artículo 5. Cobro del precio público
La obligación al pago de los precios públicos regulados en el presente texto surge en el momento de confirmarse que se va a llevar a cabo la realización del taller (*Texto modificado respecto a la propuesta).
Artículo 6. Remisión normativa
Los presentes precios públicos se regirán, en todo lo no previsto en el presente texto regulador, por lo previsto en los artículos 41 a 47 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y, supletoriamente, por lo establecido respecto de los precios públicos en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
Artículo 7. Entrada en vigor
Los presentes precios públicos entrarán en vigor el día siguiente de la publicación de este texto en el Boletín Oficial de la Provincia, y continuará en vigor para cada uno de ellos hasta la finalización del programa de Talleres Educativos Municipales 2018-2019.»
Segundo. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo los interesados interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dentro del plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación.
Tercero. Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la próxima sesión que se celebre.
A la vista de cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local acuerda con el voto favorable adoptado en votación ordinaria por unanimidad, acuerda:
Primero. Aprobar la propuesta modificada en la literalidad de sus términos antes transcritos y que se dan por reproducidos en esta parte dispositiva del acuerdo.
Segundo. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo los interesados interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dentro del plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación.
Tercero. Dar cuenta a la Comisión Informativa de Hacienda y al Pleno de la Corporación en la próxima sesión que se celebre.
Cuarto. Por razón de la especificad de la materia, se remite al Área de Cultura y al Departamento de Ingresos, para el cumplimiento del referido acuerdo, debiendo dejar constancia en dicho expediente electrónico, tanto de la recepción del expediente, como de las actuaciones que se lleven a cabo.
Priego de Córdoba, 5 de octubre de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José Manuel Mármol Servián.