Boletín nº 204 (23-10-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.473/2018

La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día ocho de junio de dos mil dieciocho, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Nº. 448/18. PERSONAL. 8. PROPOSICIÓN DEL SR. TENIENTE DE ALCALDE DELEGADO DE RECURSOS HUMANOS Y SALUD LABORAL, DE RECTIFICACION DE ERRORES DETECTADOS EN EL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA RPT APROBADA POR ACUERDO N.º. 906/17, DE 6 DE OCTUBRE.

Seguidamente se presentó el expediente tramitado a fin de proceder a la rectificación de determinados errores detectados en el expediente de modificación parcial de la RPT, aprobada por acuerdo n.º. 906/17 de 6 de octubre, afectando los cometidos del puesto de Técnico Asesor de Policía Local.

Asimismo el Sr. Teniente de Alcalde de Seguridad Ciudadana y Via Pública presentó Propuesta respecto de los Cometidos del puesto de Técnico Asesor de la Policía Local, consistente en que donde dice Que el Técnico Asesor de la Policía Local depende del Director General, Subdirector General y Jefe de la Policía Local, debe decir Dependerá del Jefe de la Policía Local.

Esta Propuesta del Sr. Teniente de Alcalde de Seguridad Ciudadana y Via Pública, diligenciada por el Titular del Organo de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, se incorpora el expediente de su razón.

Dicho Titular informó que para que se considere un error material la rectificación propuesta por el Teniente de Alcalde, dicho error material tiene que resultar de forma manifiesta del expediente y que en dicho expediente consta que el Director General de Recursos Humanos rechazó en Mesa General de Negociación la supresión de la dependencia del Puesto de Técnico Asesor de Policía Local de la Dirección o Subdirección General.

Tras lo anterior, y una vez examinado el expediente de que se trata, vistos y conocidos los informes obrantes en el mismo, y de conformidad con la Propuesta que más arriba queda reseñada, así como con la presentada por el Sr. Teniente de Alcalde Delegado de Seguridad Ciudadana y Vía Pública, la Junta de Gobierno Local adoptó los siguientes acuerdos:

Primero: Rectificar el error material detectado en el puesto de Técnico Asesor de Policía Local de la siguiente manera:

TÉCNICO ASESOR DE POLICÍA LOCAL en la ficha del puesto donde dice:

COMETIDOS DEL PUESTO:

Sin perjuicio de las funciones que como Técnico de su escala y perfil profesional le corresponda, tendrá además, los siguientes cometidos:

" Colaboración en la organización y buen funcionamiento del servicio con el Director General, Subdirector o responsable al que se adscriba orgánicamente. Asimismo desempeñará las tareas específicas y ordinarias que se le encomienden.

" Asistencia técnica al responsable del servicio.

" Realización de estudios, informes y propuestas de carácter superior.

" Utilización y manejo de paquetes y herramientas informáticos. Cumplimiento de estándares de calidad.

" Escuela de Policía Local y concertación con la ESPA.

" Adquisición, gestión y control de equipamiento.

" Procedimientos administrativos: expedientes de: tratamiento residual de vehículos, edictos de objetos perdidos, contratos menores, autorizaciones de asistencia a cursos, comisiones de servicios, otorgamiento de licencias de armas tipo A, autorización de galerías de tiro o campos de tipo para dicho tipos de armas, concesión de distinciones y condecoraciones de la Policía Local, entrega de vehículos sin cobro de tasas, solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos de carácter personal; delegado del Titular de Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, para dar traslado de resoluciones y acuerdos; habilitado para publicación de anuncios en el BOE; etc.

" Elaboración y seguimiento del Catálogo de Procedimientos y Trámites Municipales y Obtención y seguimiento de certificación de calidad en Seguridad Vial.

" Dependerá del Director General, Subdirector General y Jefe de la Policía Local.

" Suplirá al Jefe de la Policía Local, en sus tareas y competencias cuando resulte necesario.

" Suplir en las funciones de Intendencia.

Debe decir: Sin perjuicio de las funciones que como Técnico de su escala y perfil profesional le corresponda, tendrá además, los siguientes cometidos:

" Colaboración en la organización y buen funcionamiento del servicio con el Director General, Subdirector o responsable al que se adscriba orgánicamente. Asimismo desempeñará las tareas específicas y ordinarias que se le encomienden.

" Asistencia técnica al responsable del servicio.

" Realización de estudios, informes y propuestas de carácter superior.

" Utilización y manejo de paquetes y herramientas informáticos. Cumplimiento de estándares de calidad.

" Escuela de Policía Local y concertación con la ESPA.

" Adquisición, gestión y control de equipamiento.

" Procedimientos administrativos: expedientes de: tratamiento residual de vehículos, edictos de objetos perdidos, contratos menores, autorizaciones de asistencia a cursos, comisiones de servicios, otorgamiento de licencias de armas tipo A, autorización de galerías de tiro o campos de tipo para dicho tipos de armas, concesión de distinciones y condecoraciones de la Policía Local, entrega de vehículos sin cobro de tasas, solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos de carácter personal; delegado del Titular de Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, para dar traslado de resoluciones y acuerdos; habilitado para publicación de anuncios en el BOE; etc.

" Elaboración y seguimiento del Catálogo de Procedimientos y Trámites Municipales y Obtención y seguimiento de certificación de calidad en Seguridad Vial.

" Dependerá del Director General, Subdirector General y Jefe de la Policía Local.

" Suplirá al Jefe de la Policía Local, en sus tareas y competencias cuando resulte necesario.

Segundo: Remitir, una vez aprobada la modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo, copia del acuerdo a la Administración del Estado (Ministerio para las Administraciones Públicas) y al órgano competente en materia de régimen local de la Comunidad Autónoma, dentro del plazo de treinta días a partir de la fecha de aprobación, sin perjuicio de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba, a 10 de octubre de 2018. Firma electrónica. El Teniente de Alcalde Delegado de Recursos Humanos y Salud Laboral. David Luque Peso.

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