Boletín nº 213 (07-11-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Hornachuelos
Nº. 3.677/2018
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 27 de septiembre de 2018, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1S-1E/2018, que se hace público resumido por capítulos:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modificación de crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Eco. |
||||
CRÉDITO EXTRAORDINARIO |
|||||
011 |
31100 |
Formalización, modificación y cancelación préstamos |
0,00 |
96.740,40 |
96.740,40 |
SUPLEMENTOS DE CRÉDITO |
|||||
011 |
91300 |
Amortización préstamos BCL |
88.000,00 |
709.577,82 |
797.577,82 |
011 |
91301 |
Amortización préstamos Caja Rural |
21.000,00 |
254.879,52 |
275.879,52 |
ALTAS EN CONCEPTOS DE INGRESOS
Aplicación: Económica |
Descripción |
Euros |
|
Cap. |
Concepto |
||
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS |
|||
8 |
87000 |
Remanente de Tesorería para gastos generales |
96.740,40 |
SUPLEMENTO DE CRÉDITO |
|||
8 |
87000 |
Remanente de Tesorería para gastos generales |
964.457,34 |
TOTAL INGRESOS |
1.061.197,74 |
Sin perjuicio de que las cantidades señaladas pudieran no ser exactas, pues dependen de valores de mercado imposibles de calcular con exactitud matemática hasta el mismo día en que se haga efectiva su cancelación.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Hornachuelos, a 29 de octubre de 2018. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, María del Pilar Hinojosa Rubio.