Boletín nº 213 (07-11-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 3.677/2018

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 27 de septiembre de 2018, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1S-1E/2018, que se hace público resumido por capítulos:

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Modificación

de crédito

Créditos

finales

Progr.

Eco.

CRÉDITO EXTRAORDINARIO

011

31100

Formalización, modificación y cancelación préstamos

0,00

  96.740,40

  96.740,40

SUPLEMENTOS DE CRÉDITO

011

91300

Amortización préstamos BCL

88.000,00

709.577,82

797.577,82

011

91301

Amortización préstamos Caja Rural

21.000,00

254.879,52

275.879,52

ALTAS EN CONCEPTOS DE INGRESOS

Aplicación: Económica

Descripción

Euros

Cap.

Concepto

CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

8

87000

Remanente de Tesorería para gastos generales

    96.740,40

SUPLEMENTO DE CRÉDITO

8

87000

Remanente de Tesorería para gastos generales

  964.457,34

TOTAL INGRESOS

1.061.197,74

Sin perjuicio de que las cantidades señaladas pudieran no ser exactas, pues dependen de valores de mercado imposibles de calcular con exactitud matemática hasta el mismo día en que se haga efectiva su cancelación.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Hornachuelos, a 29 de octubre de 2018. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, María del Pilar Hinojosa Rubio.

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