Boletín nº 95 (21-05-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 1.476/2019

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 2/2019. Negociado: SU

De: Doña Aurora Castro Labrador, doña María Dolores Caro Crespo, doña Alfonsa Moreno Castro, doña María Eufrasia Aparicio Cebrian, doña María del Mar Blanca García y doña Silvia Correderas Murillo

Abogado: Don Adolfo Manuel Echevarria Márquez

Contra: La Ropa de Córdoba SLU, Fondo Garantía Salarial

 

DOÑA MARIBEL ESPÍNOLA PULIDO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado de Ejecución de títulos judiciales 2/2019 a instancia de la parte actora doña Aurora Castro Labrador, doña María Dolores Caro Crespo, doña Alfonsa Moreno Castro, doña María Eufrasia Aparicio Cebrian, doña María del Mar Blanca García y doña Silvia Correderas Murillo frente a La Ropa de Córdoba SL, se ha dictado Auto y Decreto en cuya parte dispositiva se dice textualmente:

"PARTE DISPOSITIVA DEL AUTO

ACUERDO: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de los bienes de la propiedad de La Ropa de Córdoba SLU, con CIF nº B-14.949.275, por la cantidad de 133.575,55 euros de principal más la cantidad de 26.715,11 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.

Se acuerda el embargo de los posibles saldos de la titularidad de la ejecutada en cuentas abiertas en las entidades bancarias adheridas al convenio suscrito por la Asociación Española de Banca y el CGPJ, librando la correspondiente orden de retención a través de la aplicación informática disponible en este órgano judicial.

Se acuerda el embargo de las devoluciones reconocidas por la Agencia Tributaria en favor de la ejecutada, por cualquier concepto, y líbrese orden de retención a través de la aplicación informática disponible en este órgano judicial.

Habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional mediante Decreto dictado por el Juzgado de lo Social Nº 3 de Córdoba en la Ejecución de titulo judicial nº 69/2018, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

PARTE DISPOSITIVA DEL DECRETO

S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario 1120/2017 de fecha 23/01/2017 seguidos en este Juzgado de las ejecutantes doña María del Mar Blanca García con NIF 30805989-L, doña María Dolores Caro Crespo con NIF 30.440.919-M, doña María Eufrasia Aparicio Cebrián con NIF 30.499.806-N, doña Silvia Correderas Murillo con NIF 44.359.823-E, doña Alfonsa Moreno Castro con NIF 30.482.648-N, y doña Aurora Castro Labrador con NIF 30.422.078-R contra La Ropa de Córdoba SLU, con CIF nº B-14.949.275 por las cantidades siguientes: a María del Mar Blanca García la cantidad de 16.819,76 €; para María Dolores Caro Crespo la cantidad de 24.742,36 €; para María Eufrasia Aparicio Cebrián la cantidad de 18.961,76; para Silvia Correderas Murillo la cantidad de 22.314,16 €; para Alfonsa Moreno Castro la cantidad de 16.207,76 € y para Aurora Castro Labrador la cantidad de 34.529,75 € lo que hace un total reclamado de: 133.575,55 euros de principal más la cantidad de 26.715,11 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Iltma. Sra. Doña María del Rosario Flores Arias, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe".

Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada La Ropa de Córdoba SL, con CIF B-14.949.275 actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber que el texto integro así como la demanda de ejecución se encuentra a su disposición en este Juzgado y con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 25 de marzo de 2019. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Maribel Espínola Pulido.

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