Boletín nº 96 (22-05-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 1.623/2019

EXTRACTO DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE LUCENA (CÓRDOBA) DE FECHA 2 DE MAYO 2019, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LIBROS Y/O MATERIAL ESCOLAR, EJERCICIO 2019.

BDNS (Identif.) 455826

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse con la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http:/www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2019 subvenciones para la adquisición de libros y/o material escolar.

Segundo. Objeto y finalidad de la subvención.

El objeto y finalidad de la presente convocatoria es sufragar mediante una ayuda directa a la familia y un importe fijo asignado según la etapa educativa, el coste de los libros de Educación Infantil, y para las enseñanzas obligatorias (Primaria y Secundaria) parte del material escolar o deportivo del alumnado de todos los centros educativos de Lucena y sus pedanías de Jauja y Las Navas del Selpillar.

Tercero. Beneficiarios.

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas el padre, madre o representante legal de niños y niñas que cumplan los requisitos económicos especificados en la base tercera de las Bases que rigen la presente Convocatoria y que estén escolarizados en las enseñanzas de Infantil, Primaria, Secundaria (ESO), Formación Profesional Básica (FPB) y Formación Básica Obligatoria (FBO) en los institutos y colegios de Lucena, Las Navas del Selpillar y Jauja, y en el IES de Badolatosa, en el caso de alumnado de Jauja de 3º y 4º de la ESO, al tener su adscripción obligatoria en el mismo.

Cuarto. Bases Reguladoras.

Acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 11 de abril de 2019, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 77, de 24 de abril de 2019.

Ordenanza Reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (publicadas en el BOP nº 74, de fecha 27 de abril de 2007).

Quinto. Cuantía.

La concesión de estas ayudas quedará condicionada a la disponibilidad presupuestaria. La dotación máxima de las ayudas a conceder asciende a 30.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 341.2311.48012 del Presupuesto General de Gastos de este Ayuntamiento para 2019.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes abarcará desde el 5 de junio al 25 de junio de 2019.

Lucena, a 9 de mayo de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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