Boletín nº 170 (05-09-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Rambla

Nº. 2.984/2019

Por Resolución de la Alcaldía nº 2019/00001738, de fecha 27 de agosto de 2019, se ha aprobado la Convocatoria Pública para la elección de Juez de Paz, Titular y Sustituto, del tenor literal siguiente:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

(Expte. nº GEX 6814/2019)

CONVOCATORIA PÚBLICA ELECCIÓN JUEZ DE PAZ, TITULAR Y SUSTITUTO

Visto que el próximo 14 de octubre de 2019, quedarán vacantes los cargos de Juez de Paz, titular y sustituto de la Ciudad de La Rambla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Considerando que lo dispuesto en el artículo 5.1. del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, en virtud del cuál las vacantes en el cargo de Juez de Paz titular y sustituto se anunciarán por el Ayuntamiento respectivo con la suficiente antelación, mediante convocatoria pública, con indicación del plazo y lugar de presentación de instancias. Se publicará en el Boletín Oficial de la provincia y mediante edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del Partido o Juzgado Decano y en el propio Juzgado de Paz.

Por todo lo expuesto con anterioridad, y visto el informe emitido por la Secretaria General de fecha 26 de agosto de 2019 y de conformidad con lo establecido en el art. 5.1. del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, anteriormente citado, esta Alcaldía-Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1. s) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local,

DECRETO

Primero. Aprobar la convocatoria pública para cubrir la vacante de Juez de Paz titular y su sustituto de este Municipio que se ajustará a las siguientes bases:

1. Quienes estén interesados en el cargo, que reúnan las condiciones legalmente establecidas y no incurran en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentarán solicitud en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la que se acompañará los siguientes documentos:

Fotocopia del DNI.

Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos:

-Que carece de antecedentes penales.

-Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

-Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

-Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.

-Que no está incurso en ninguna causas de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Segundo. Abrir un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Tercero. Publicar anuncio de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sede electrónica del mismo, en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del Partido (Montilla) y en el propio Juzgado de Paz, para su general conocimiento.

Cuarto. Indicar que en la Secretaría General del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise.

Quinto. Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del Partido.

Sexto. Dar cuenta de la presente Resolución en la primera sesión de Pleno Ordinaria que se celebre.

La Rambla, 27 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Jorge Jiménez Aguilar.

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