Boletín nº 191 (07-10-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 3.155/2019

Por Acuerdo del Pleno de fecha 06/09/2019, se aprobó definitivamente el Proyecto de Actuación para implantación de planta de tratamiento de RCD en Paraje El Rosalejo, polígono 16, parcela 5 de este término municipal, promovido por D. Francisco Rubio Tirado, lo que se publica a los efectos del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Visto que, con fecha 07/08/2018 10:00, fue presentada por D. Francisco Rubio Tirado solicitud de aprobación de Proyecto de Actuación para implantación de planta de tratamiento de RCD en Paraje El Rosalejo, polígono 16, parcela 5 de este término municipal, promovido por Francisco Rubio Tirado.

Visto que los Servicios Técnicos Municipales emitieron informe favorable sobre la concurrencia en la actividad solicitada de los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Visto que por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 23/01/2019, se admitió a trámite el Proyecto de Actuación.

Visto que se sometió a información pública por plazo de veinte días dicho Proyecto de Actuación BOP n.º 29 de fecha 12 de febrero de 2019 y se hizo llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto. información pública por plazo de veinte días dicho Proyecto de Actuación y se hizo llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del proyecto.

Se presentaron alegaciones al Proyecto de Actuación y se emitió informe por los Servicios Técnicos Municipales a cerca de las alegaciones presentadas.

Visto que por la Junta de Gobierno de fecha 20 de mayo de 2019 se desestimaron las alegaciones presentadas.

Visto que se solicitó informe a la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente que fue remitido a este Ayuntamiento.

Tras deliberación, el Pleno de la Corporación en armonía con la propuesta del Sr. Alcalde, por unanimidad de los miembros presentes, que son siete de los nueve que lo integran , adoptan el siguiente acuerdo:

ACUERDO

Primero. Desestimar las siguientes alegaciones presentadas por:

D. Francisco Javier Paunero Hernando, Parcela 5, Polígono 16.

D. José Ramón Torner Vivanco, Parcela 5, Subparcela y, Polígono 16.

D. Jose María Gallardo Galera, Parcela 5, Polígono 16.

Dª Ruth Anne Harwood, Parcela 6 Polígono 16.

Segundo. Acuerda valorar favorablemente las medidas propuestas por D. Francisco Rubio Tirado, visto que ha sido concedida AAU para la referida actividad.

Tercero. Aprobar el Proyecto de Actuación presentado por D. Francisco Rubio Tirado, necesario y previo a la licencia de obras, para implantación de planta de tratamiento de RCD en Paraje El Rosalejo, polígono 16, parcela 5 de este término municipal, promovido por Francisco Rubio Tirado.

Cuarto. La autorización que supone la aprobación del Proyecto de Actuación tendrá una duración de 15 años.

Quinto. El propietario deberá asegurar la prestación de garantía por importe del 10% para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimientos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de las labores de restitución de los terrenos.

Sexto. La licencia correspondiente para realizar la actuación de interés público pretendida deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del proyecto de actuación.

Séptimo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia a efecto de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Octavo. Notificar el Acuerdo al interesado a los efectos oportunos.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Alcaracejos a 16 de septiembre de 2019. Firmado electronicamente: El Alcalde, José Luis Cabrera Romero.

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