Boletín nº 204 (25-10-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 3.709/2019

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 17 de septiembre de 2019, se adoptaron los acuerdos que a continuación se detallan de aprobación inicial de modificaciones de crédito del Presupuesto del año 2019.

Habiendo transcurrido el plazo establecido, comprendido entre los días 23 de septiembre de 2019 y 11 de octubre de 2019, ambos inclusive; no se ha presentado reclamación alguna contra los mismos, elevándose a definitivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 179.4 en relación con el 169 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:

Acuerdo nº 201/19

Primero: Aprobar una transferencia de créditos entre aplicaciones pertenecientes a distinta Área de Gasto de acuerdo con el siguiente detalle:

Transferencias Negativas:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

Z F30 1650 22706 0

Alumbrado Público. E. y Trabajos Técnicos

72.000 €

Total Transferencias Negativas

72.000 €

Transferencias Positivas:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

Z F20 3230 22100 0

Colegios. Consumo Energía Eléctrica

72.000 €

Total Transferencias Positivas

72.000 €

Segundo: Someter la tramitación del expediente a los mismos requisitos de información, reclamaciones, recursos y publicidad que se establecen para la aprobación de los presupuestos, atendiendo a lo regulado en el artículo 179.4 del R.D. Legislativo 2/2004 y 42 del R.D. 500/90.

Acuerdo nº 202/19

Primero: Aprobar una transferencia de créditos entre aplicaciones pertenecientes a distinta Área de Gasto de acuerdo con el siguiente detalle:

Transferencias Negativas:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

0 F30 1651 22799 0

Alumbrado Público. A. Extraordinario

96.000 €

Total Transferencias Negativas

96.000 €

Transferencias Positivas:

Código

Aplicación presupuestaria

Importe(€)

Z F30 9201 22100 0

Dependencias. Consumo Energía Eléctrica

96.000 €

Total Transferencias Positivas

96.000 €

Segundo: Someter la tramitación del expediente a los mismos requisitos de información, reclamaciones, recursos y publicidad que se establecen para la aprobación de los presupuestos, atendiendo a lo regulado en el artículo 179.4 del R.D. Legislativo 2/2004 y 42 del R.D. 500/90.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.

Córdoba a 17 de octubre de 2019. Firma electrónica del Teniente de Alcalde de Hacienda, Urbanismo y Ordenación del Territorio y Vivienda (Decreto de Delegaciones núm. 5210/19 de 18 de junio), Salvador Fuentes Lopera. Vº Bº Firma electrónica del Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.

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