Boletín nº 207 (30-10-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Viso

Nº. 3.819/2019

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha veintiséis de septiembre del corriente, publicado en el Boletín Oficial de la Provincial n.º 189, de 3 de octubre de 2019, sobre Modificación de Créditos 6/2019, de Suplemento de Crédito para la aplicación del Superávit del Presupuesto.

Los importes aplicados a los diferentes destinos en base al Informe de Intervención son:

Financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente sostenible, por la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL CIENTO DIECISÉIS CON SESENTA Y CUATRO € (43.116,64 €), para la financiación de las siguientes obras: Conclusión del Bar del Parque Municipal Planes Provinciales -, Matadero Municipal y Aula de Cocina.

El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:

SUPLEMENTOS EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificaciones de crédito

Créditos finales

Progr.

Económica

150

629.02

Planes Provinciales

326.400,00 €

10.268,67 €

336.668,67 €

150

619.04

Otras Obras Municipales

          2,00 €

26.097,71 €

  26.099,71 €

150

619.01

Otras Obras - Matadero

  77.880,44 €

  6.750,26 €

  84.630,70 €

TOTAL

404.282,44 €

43.116,64 €

447.399,08 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En El Viso a 25 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Juan Díaz Caballero.

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