Boletín nº 207 (30-10-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de El Viso
Nº. 3.819/2019
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha veintiséis de septiembre del corriente, publicado en el Boletín Oficial de la Provincial n.º 189, de 3 de octubre de 2019, sobre Modificación de Créditos 6/2019, de Suplemento de Crédito para la aplicación del Superávit del Presupuesto.
Los importes aplicados a los diferentes destinos en base al Informe de Intervención son:
Financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente sostenible, por la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL CIENTO DIECISÉIS CON SESENTA Y CUATRO € (43.116,64 €), para la financiación de las siguientes obras: Conclusión del Bar del Parque Municipal Planes Provinciales -, Matadero Municipal y Aula de Cocina.
El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente:
SUPLEMENTOS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modificaciones de crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
||||
150 |
629.02 |
Planes Provinciales |
326.400,00 € |
10.268,67 € |
336.668,67 € |
150 |
619.04 |
Otras Obras Municipales |
2,00 € |
26.097,71 € |
26.099,71 € |
150 |
619.01 |
Otras Obras - Matadero |
77.880,44 € |
6.750,26 € |
84.630,70 € |
TOTAL |
404.282,44 € |
43.116,64 € |
447.399,08 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En El Viso a 25 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Juan Díaz Caballero.