Boletín nº 242 (23-12-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 4.549/2019
Por Resolución de la Sra. Concejala Delegada de Urbanismo, Medio Ambiente y Atención a la Dependencia de fecha 17/12/2019 se ha resuelto lo siguiente:
Primero: Autorizar expresamente, con carácter ocasional, durante las fechas 24 y 31 de diciembre de 2019, la ampliación del horario de cierre de los horarios generales de los establecimientos públicos establecidos en el art. 17.1 del referido Decreto que no podrá superar en dos horas respecto de aquéllos. Esta ampliación solamente podrá llevarse a cabo por los titulares de establecimientos públicos existentes en el municipio de Puente Genil.
Segundo: La ampliación autorizada queda supeditada a que los titulares de dichos establecimientos públicos dispongan de la correspondiente licencia municipal de apertura otorgada o de Declaración Responsable para inicio de la actividad, que haya sido sometida a los medios de intervención administrativa correspondientes con resultado favorable y notificada a sus titulares.
Tercero: Los titulares de los establecimientos públicos dispondrán en el local del documento mencionado en el apartado anterior, para ser mostrado a los Agentes de Policía Local en caso de serles requerido. Sí los titulares no dispusieran de tal documento, los Agentes levantarán Acta de Infracción para incoar el correspondiente expediente sancionador.
Cuarto: Esta ampliación de horario EN NINGÚN CASO SE APLICARÁ A LAS TERRAZAS O VELADORES de que en su caso dispongan los establecimientos, que seguirán manteniendo su horario habitual, NI AUTORIZA la celebración de espectáculos o actividades distintos de los autorizados en cada establecimiento.
Quinto: Comunicar esta modificación de los horarios de carácter temporal a la Delegación del Gobierno en Córdoba de la Junta de Andalucía y a la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, para su conocimiento, dando cumplimiento a lo dispuesto en el art. 23.1 del Decreto.
Sexto: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, al tener por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas (titulares de los establecimientos públicos), en virtud de lo establecido en el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Puente Genil, 17 de diciembre de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Esteban Morales Sánchez.