Boletín nº 6 (10-01-2020)

VIII. Otras Entidades

Instituto Provincial de Desarrollo Económico
Córdoba

Nº. 36/2020

El Consejo Rector del Instituto Provincial de Desarrollo Económico en sesión celebrada el día 3 de enero de 2020 adoptó, entre otros, acuerdo de nombramiento del Gerente de este organismo autónomo local, cuya parte dispositiva es la siguiente, según consta en el borrador del acta pendiente de aprobación y a reserva de los términos que de ésta resultaren:

PRIMERO. Declarar el desistimiento de la solicitud presentada por el candidato don Rafael Espejo Lucena, DNI 80.150.830Q, que no acredita estar en posesión de la titulación universitaria superior recogida en la Base 4 de la Convocatoria y no ha atendido al requerimiento de subsanación del defecto apreciado de conformidad con lo dispuesto en la Base 5 de la misma y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

SEGUNDO. Proponer al Consejo Rector la designación en el puesto de Gerente del Instituto Provincial de Desarrollo Económico, una vez visto el informe y análisis de currículum de los solicitantes a:

Don Martín Torralbo Luque con DNI 30.962.133-Q al ser la candidatura más idónea y que cuenta con un superior nivel de mérito y capacidad para el desempeño de las competencias del puesto convocado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de los Estatutos de IPRODECO y en la legislación vigente según los méritos acreditados por los siguientes motivos:

Se ha considerado esencial en esta valoración y por tanto en esta propuesta su conocimiento de la realidad económico-social de la provincia de Córdoba y su experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad y de competencias en órganos rectores o de administración de organismos autónomos locales (IPRODECO, EPRINSA, IPBS, EPREMASA y EMPROACSA) por su cargo de Delegado de Juventud y Deportes de la Diputación de Córdoba durante el período 2015-2019, desarrollando actuaciones con otras Administraciones Públicas (Estatal, Autonómica y Local) en colaboración con los representantes y actores internos y externos en el territorio provincial. Estas actuaciones lo han sido además con carácter reciente, lo que revela la cualificación, actualización e inmediatez en sus conocimientos, frente a otras candidaturas, y además de una forma global y omnicomprensiva que engloba la realidad económico-social pero también su conexión con la realidad jurídico-organizativa de la Institución Provincial en su conjunto.

Los anteriores méritos y circunstancias se consideran desde esta Presidencia imprescindibles para el desempeño del puesto de Gerente del Instituto Provincial de Desarrollo Económico de la Diputación de Córdoba a tenor de los criterios generales recogidos en la Base 7 de la Convocatoria y que le otorgan una mejor valoración sobre el resto de candidatos.

TERCERO. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba informando que contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejo Rector del Instituto Provincial de Desarrollo Económico en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la mencionada publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa así como cualquier otro recurso que los interesados estimen conveniente en defensa de sus intereses."

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento del artículo 45.1.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por tratarse de un acto que tiene por destinatarios a una pluralidad indeterminada de personas.

Córdoba, 8 de enero de 2020. Firmado electrónicamente por el Secretario, Jesús Cobos Climent.

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