Boletín nº 171 (04-09-2020)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 2.674/2020

En cumplimiento de lo dispuesto del artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 30 de julio de 2020 de modificación de presupuesto número 21/2020 mediante la modalidad de Concesión de Crédito Extraordinario y cuyo resumen es el siguiente:

A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:

Grup. de Prog.

CLAS.

ECON.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

1532

619.03

PFEA 2020 MEJORA INFRAESTRUCTURA CALLES VARIAS

224.309,32

TOTAL

224.309,32

B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN: Contratación de préstamo a largo plazo con entidades de crédito de fuera del sector público.

Grup. de Progr.

CLAS.

ECON.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

011

913.00

PRESTAMOS A L/P DE FUERA DEL SECTOR PÚBLICO

224.309,32

SUMA Y SIGUE

224.309,32

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Benamejí, 31 de agosto de 2020. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.

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