Boletín nº 221 (18-11-2020)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Alcaracejos
Nº. 3.700/2020
Anuncio de aprobación definitiva
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario provisional de este Ayuntamiento, sobre la introducción en la Ordenanza Fiscal reguladora de de la Tasa por Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de la Vía Pública, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Que en sesión extraordinaria del Pleno de fecha 28/05/2020, con la asistencia de los miembros presentes que son siete de los nueve que lo integran, entre otros se adoptó el Acuerdo del tenor literal siguiente:
Primero. No poner al cobro el Padrón de Ocupación Vía Pública con Mesas y Sillas.
Segundo. Introducir en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de la Vía Pública, una disposición transitoria con respecto a la Ocupación por Mesas y Sillas y Puestos en Mercadillo para que se deje de aplicar durante lo que resta de 2020, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Tercero. Proceder a la devolución de las cantidades abonadas en concepto de ocupación de la vía pública en concepto de mercadillo correspondientes al ejercicio 2020, previa solicitud de los interesados.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia.
Alcaracejos, 16 de noviembre de 2020. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José Luis Cabrera Romero.