Boletín nº 38 (25-02-2021)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 598/2021

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 08 de febrero de 2021, acordó aprobar la bases para proveer las bases que han de regir la selección para la provisión de dos plazas de oficial de la construcción, vacantes en la plantilla de personal laboral fijo, mediante concurso-oposición. Turno libre.

BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN DE DOS PLAZAS DE OFICIAL DE LA CONSTRUCCIÓN, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL FIJO AL SERVICIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE LA FRONTERA (CÓRDOBA), MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN. TURNO LIBRE

Primera. Objeto de la convocatoria

1. Es objeto de la presente convocatoria regular el proceso de selección para proveer, por el sistema general de acceso libre mediante concurso-oposición, dos plazas vacantes en plantilla de Oficial de la Construcción, Grupo IV, para su nombramiento como personal laboral fijo, al amparo del artículo 11 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y prevista en la Oferta de Empleo Público municipal correspondiente al año 2020 (BOP nº 126, de 3 de julio de 2020).

· Denominación de las plazas: Oficial de la Construcción.

· Número de plazas: Dos

· Grupo y Subgrupo: Grupo IV

· Titulación exigida: Título de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalente

· Sistema de selección: Concurso-oposición.

2. Las retribuciones serán las correspondientes al Grupo de clasificación y las previstas en el Presupuesto General de la Corporación.

3. Sus funciones serán las exigidas a estos puestos por la normativa de aplicación y entre otras realizará las siguientes:

TAREAS Y FUNCIONES GENERALES:

Controlar y cuidar el buen uso y estado de las herramientas y maquinaria que se pongan a su disposición para el buen desempeño de sus tareas y para que el servicio cumpla con sus cometidos de una forma adecuada, y, en su caso, realizar las correspondientes propuestas de reposición o adquisición de nuevas y mejores máquinas y herramientas.

Colaborar en el cuidado y mantenimiento de los locales del Servicio, para que esté en óptimas condiciones de uso, orden, cuidado y limpieza.

Cuidar y utilizar de forma adecuada el equipamiento que para la prevención de riesgos laborales le proporcione el Ayuntamiento, así como observar todas las medidas que en esta materia figuran en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales elaborado por el Técnico en Prevención para el puesto de trabajo.

Ordenar a los peones a su cargo las tareas a realizar, responsabilizándose de su buen cumplimiento y vigilar que utilizan adecuadamente todo el equipamiento necesario para la prevención de riesgos laborales.

Todas aquellas que constan en las bases de la convocatoria de las plazas y las que dentro de su categoría y competencia le puedan ser asignadas por el Alcalde o Concejal Municipal de Obras y Servicios y por los Encargados.

TAREAS Y FUNCIONES ESPECÍFICAS:

Sus puestos de trabajo habituales lo desempeñarán dentro del Servicio Municipal de Obras del Ayuntamiento.

Las propias de un Oficial de 1ª de la Construcción (albañilería en general, pintura, encofrados, construcción y reparación de aceras, colocación de bordillos, etc.)

Conducción, manejo, cuidado y mantenimiento de vehículos y maquinaria asignados al Servicio Municipal de Obras, o que se puedan asignar en el futuro (furgoneta, camión, dumper, barredora, máquina de pintura de señalización vial, etc). Esta función se realizará preferentemente cuando se de la circunstancia de la ausencia de los distintos especialistas que tienen asignado cada uno de estos vehículos o maquinaria.

Segunda. Legislación aplicable

El presente proceso selectivo se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases y Anexos correspondiente, así como en lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.

Tercera. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirante, según lo dispuesto en los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público en lo referente al acceso al empleo de nacionales de otros Estados.

b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes sin que se establezcan exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funcionessimilares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha en la que finalice el plazo para presentar las instancias (mediante el certificado de abono de tasas de expedición) el título de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o equivalente. En su caso la equivalencia deberá ser justificada y acreditada por el aspirante de acuerdo a la normativa en vigor (mediante la correspondiente homologación expedida por el órgano educativo competente). Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación.

f) Permiso de conducir clase B.

g) Haber abonado la correspondiente tasa.

h) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa.

Los requisitos establecidos en las presentes Bases deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo para presentar las instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Cuarta. Presentación de solicitudes y documentación

Lugar de presentación:

Las instancias o solicitudes deberán presentarse dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, ante el Registro General del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, ubicado en la Plaza de San José n.º 1, C.P. 14.920, Aguilar de la Frontera (Córdoba) o en cualquiera e las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contenido de la solicitud:

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria habrán de hacerlo constar cumplimentando el modelo de solicitud el Anexo I de la presente convocatoria, que será obligatoria de acuerdo a lo previsto en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con la instancia se acompañará:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2. Fotocopia del Título de acceso exigido o equivalente.

3. Fotocopia de los méritos alegados insertando en la misma el siguiente texto: es copia fiel del original suscrito y firmado por el solicitante que se responsabilizará de su veracidad.

4. Resguardo o justificante bancario de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 9,50 euros, cantidad que podrá ser abonada en la cuenta bancaria que a continuación se detalla: ES49 0237 0210 30 9150648671-CAJASUR. En el concepto del ingreso deberá figurar: Concurso- Oposición Oficial Construcción, junto con el nombre del aspirante, aún cuando sea realizado por persona distinta.

La falta de abono de la tasa en el momento de presentación de las solicitudes de participación en el proceso sel

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