Boletín nº 78 (27-04-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Iznájar
Nº. 1.500/2021
ACUERDO DE JGL DEL AYUNTAMIENTO DE IZNÁJAR DE 18 DE MARZO DE 2021 POR LA QUE SE APRUEBA LA
CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES EN
RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DENTRO
DEL PLAN DE LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN,A LA
REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS EN EL
MUNICIPIO DE IZNÁJAR, 2021
BDNS (Identif.): 559009
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/559009)
Primero. Beneficiarios:
Los beneficiarios de estas ayudas serán los propietarios de viviendas con uso residencia que supongan el domicilio habitual del solicitante, situadas en el término municipal de Iznájar, que realicen obras de rehabilitación en las mismas y que se encuentren empadronados en nuestro municipio.
Segundo. Objeto:
Serán subvencionables las obras menores y mayores, en viviendas y edificios de Iznájar y su término municipal con el objeto de fomentar la rehabilitación de calidad que, además de promover viviendas en condiciones dignas de habitabilidad, contribuya a la conservación y puesta en valor el patrimonio construido en Iznájar, a fijar su población y a revitalizar su entorno.
Tercero. Bases reguladoras:
Las bases reguladoras de la presente convocatoria se encuentran publicadas en la página web del Ayuntamiento de Iznájar www.iznajar.es, así como en la BDNS.
Cuarto. Cuantía:
Aquellas viviendas situadas en el núcleo principal de Iznájar, incluidas en el Capítulo 3 Título VIII de las Normas Urbanísticas del PGOU de Iznájar, con la calificación de Edificios Pertenecientes al Catálogo del Patrimonio Edificado podrán obtener una ayuda de hasta el 60% con un límite de 10.000,00 €.
Para el resto de viviendas existentes en el núcleo principal y en el resto del término municipal situadas en suelo urbano consolidado y no incluidas en la calificación de EPCPE, se subvencionará hasta el 60% del presupuesto total de las obras de rehabilitación y/o reforma de viviendas, con un límite de 5.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes se formalizarán en el modelo de solicitud que figura como anexo 1, irán dirigidas al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Iznájar y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Iznájar durante los dos meses siguientes a contar desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Córdoba.
Iznájar a 22 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Lope Ruiz López.