Boletín nº 112 (15-06-2021)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Carcabuey
Nº. 2.304/2021
BASES-CONVOCATORIA PARA SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL AYUNTAMIENTO DE CARCABUEY.
PRIMERA: OBJETO
El Ayuntamiento de Carcabuey tiene entre sus objetivos principales ayudar a las asociaciones locales a desarrollar sus actividades, bien mediante una aportación económica que complemente el coste total de sus gastos, bien mediante la aportación de otros recursos e infraestructuras municipales (tablao, transportes, asesoramiento, información, difusión y promoción de las actividades, etc).
La intención del Ayuntamiento es también apoyar iniciativas que fomenten la cultura activa y participativa, potenciando el desarrollo de acciones por parte las asociaciones existentes en el municipio, y favorecer el desarrollo de programas o acciones de carácter humanitario, sanitario, educativo y social.
Las subvenciones que se desarrollan en las presentes bases y se convocan mediante la presente convocatoria están dirigidas a proyectos que se puedan incluir dentro de alguna de las siguientes líneas:
1) Subvenciones en materia de cultura, festejos, participación ciudadana y turismo.
2) Subvenciones a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro en materia de deporte y juventud.
3) Subvenciones para proyectos de carácter humanitario, sanitario, educativo y social, sin ánimo de lucro.
SEGUNDA: VIGENCIA
La vigencia de las presentes bases entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiéndose prorrogar con nuevas convocatorias en los años siguientes. Junto con las presentes base se convocan las tres líneas para el año 2021.
TERCERA: LÍNEAS
1) SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA, FESTEJOS, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y TURISMO.
El Ayuntamiento de Carcabuey, a través de las Áreas de Cultura, Turismo, Festejos y Participación Ciudadana tiene entre sus objetivos ayudar a las asociaciones locales incluidas en estas áreas a desarrollar sus actividades, bien mediante una aportación económica que complemente el coste total de sus gastos, bien mediante la aportación de otros recursos e infraestructuras municipales (tablao, transportes, asesoramiento, información, difusión y promoción de las actividades, etc). La intención del Ayuntamiento es también apoyar iniciativas que fomenten la cultura activa y participativa, potenciando el desarrollo de acciones por parte las asociaciones existentes en el municipio.
Por lo que, dentro de los límites del Presupuesto General vigente del Área y teniendo en cuenta los principios establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como lo establecido en la Ordenanza General Reguladora de la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Carcabuey, se propone la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos que tengan como objeto desarrollar actividades de carácter, cultural, turístico o festivo de la localidad.
1.1.OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Con el objeto de apoyar iniciativas que fomenten la cultura activa y participativa, la presente convocatoria tiene por objeto proporcionar una ayuda económica para la realización de actividades que se desarrollen en Carcabuey y financiar proyectos que se consideren de interés público y que tengan como objeto primordial y fundamental las actividades en pro del desarrollo cultural, turístico, festivo y participativo del municipio.
Se subvencionan actividades realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de convocatoria.
Para que un proyecto o actividad sea objeto de subvención, las asociaciones solicitantes deberán presentar un proyecto o programa concreto de trabajo, que será el objeto específico de la subvención en el cual se recogerá, su finalidad, objetivos, fuentes de financiación, recursos disponibles, presupuesto y evaluación. El presupuesto irá acompañado de una relación de gastos e ingresos que garantice la viabilidad del proyecto o actividad. También se especificará la persona o personas responsables de la organización de la actividad o proyecto propuestos (según el anexo 2- PROYECTO).
1.2. ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES.
Son actividades subvencionables, los proyectos cuya finalidad redunde en el desarrollo cultural, turístico, festivo y participativo del municipio y referidas a los siguientes apartados:
-Actividades cuya finalidad sea el realice de las tradiciones y fiestas del municipio y contribuyan a su continuidad, desarrollo y brillantez.
-Actividades relacionadas con las Artes: la música, la pintura, la fotografía, el flamenco, el teatro, etc.
-Actividades en pro del desarrollo del sector turístico en nuestra localidad.
1.3. EXCLUSIONES.
Quedan excluidas expresamente de esta convocatoria:
-Las actividades o proyectos que no tengan como objeto primordial o fundamental la actividad cultural, festiva, participativa y o de desarrollo turístico aunque en alguno de sus aspectos tuviera ese carácter.
-Sean actividades que no tengan acceso público.
-Actividades que tengan ingresos suficientes o deban ser subvencionadas en su mayoría por otros servicios de este Ayuntamiento u otra Administración.
-Incluyan actividades con aspectos sexistas, racistas, discriminatorios, que inciten a la violencia o de otra índole no subvencionable por una Administración Pública.
-Aquellas solicitudes que incurran en falsedad manifiesta de documentación.
-Las solicitudes de asociaciones cuyos representantes no acudan a las reuniones del Consejo Local de -Participación Ciudadana, convocadas por el Presidente este órgano o por la Alcaldía a través de la Concejalía de Participación Ciudadana.
-Las solicitudes de personas y/o entidades que en la anterior convocatoria se les adjudicó subvención inicialmente pero no presentaron posteriormente la documentación, ni justificación suficiente, su no presentación, o incumplieron alguno de los compromisos que se derivaron de la obtención de una subvención.
1.4. BENEFICIARIOS.
Podrán solicitar subvenciones destinadas a la realización de proyectos enmarcados en estas áreas municipales la/s persona/as y entidades siguientes:
a) Las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, domiciliadas en Carcabuey a que realicen proyectos y/o actividades de interés municipal.
b) La/s persona/s física/s domiciliada/s en Carcabuey que realicen proyectos y/o actividades de interés general.
c) Las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro y la/s persona/s física/s que, no estando domiciliadas en Carcabuey, realicen proyectos y/o actividades relacionadas con el municipio.
REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS BENEFICIARIOS.
Las entidades que concurran a esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:
-Tener en los estatutos, entre sus objetivos, la realización de actividades relacionadas con la cultura, fiestas y tradiciones, participación ciudadana y/o el turismo y no tener ánimo de lucro.
-Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía y en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Carcabuey.
-Que las actividades a desarrollar se realicen en la población de Carcabuey o redunden de manera clara y fehaciente en beneficio del pueblo o lo enaltezcan.
-Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Carcabuey, y no tener deudas con el mismo.
2) SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN MATERIA DE DEPORTE Y JUVENTUD.
El Ayuntamiento de Carcabuey, a través del Área de Juventud y Deporte tiene entre sus objetivos ayudar a las asociaciones locales incluidas en estas áreas a desarrollar sus actividades, bien mediante una aportación económica que complemente el coste total de sus gastos, bien mediante la aportación de otros recursos e infraestructuras municipales (tablao, transportes, asesoramiento, información, difusión y promoción de las actividades, etc). La intención del Ayuntamiento es también apoyar iniciativas que fomenten la cultura activa y participativa, potenciando el desarrollo de acciones por parte las asociaciones existentes en el municipio.
Por lo que dentro de los límites del Presupuesto General vigente del Área y teniendo en cuenta los principios establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como lo establecido en la Ordenanza General Reguladora de la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Carcabuey, se propone la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos u actividades que tengan como objeto la actividad deportiva o vayan destinados al colectivo juvenil.
2.1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Con el objeto de apoyar iniciativas que fomenten el deporte activa y participativamente, así como el fomento de actividades e iniciativas en el ámbito juvenil, la presente convocatoria tiene por objeto proporcionar una ayuda económica para la realización de actividades que se desarrollen en Carcabuey y financiar proyectos que se consideren de interés público y que tengan como objeto primordial y fundamental las actividade